sábado, 24 de diciembre de 2016

Nuevas medidas judiciales por casos de violencia de género en la provincia

El Superior Tribunal de Justicia aprobó el formulario denominado “Foja de Antecedentes RE.JU.C.A.V”, que desde el 1º de Marzo de 2017 deberá ser adjuntado, con carácter obligatorio, en todos aquellos expedientes relacionados con causas de Violencia Familiar (Ley 9198), Violencia hacia la Mujer (Leyh 10058/26485) y los delitos vinculados con las violencias que abarcan dichas normas.

La visualización del formulario permitirá a los operadores judiciales contar con los antecedentes del denunciado, conocer la existencia de otras causas relacionables, entre otra información tendiente a un más efectivo servicio de Justicia.

Mediante Acuerdo General Nº 34/16 del 22 de Noviembre pasado, el Superior Tribunal de justicia estableció la implementación de un formulario denominado “FOJA DE ANTECEDENTES REJUCAV”, cuya impresión permite visualizar los antecedentes que registre una persona, referidos a violencia familiar, contra la mujer y delitos vinculados a estas, tramitados en el Poder Judicial de Entre Ríos y asentados en el Registro Judicial de Causas y Antecedentes de Violencia, dependiente de la Oficina de Violencia de Género, del Centro Judicial de Género del STJ.

De manera fácil y rápida, aquellos organismos autorizados -con sólo ingresar número de expediente, datos de la carátula o fecha de denuncia- podrán acceder al sistema del en el REJUCAV y obtener la impresión de aquellas causas de violencia que involucran a la persona en el territorio provincial, con indicación de número de expediente, carátula, Juzgado interviniente y jurisdicción.



Funcionamiento.

En las ciudades que cuentan con Mesas de Información Permanente (MIP) – Paraná y Concordia-, al recibirse en esas oficinas las denuncias de violencia familiar y contra la mujer, una vez ingresados los datos correspondientes, se deberá imprimir la foja generada por el sistema y remitirla junto con la denuncia al Juzgado interviniente (según turno, en caso de que no existan antecedentes en la localidad, o al Juzgado que se encuentre interviniendo, cuando los tuviera).

La Foja de Antecedentes se imprimirá independientemente del resultado positivo o negativo en cuanto a la existencia de los mismos.

Los Juzgados que no cuenten con MIP en la localidad, tras efectuar la carga al sistema, imprimirán la foja de antecedentes, que deberá ser agregada al expediente en formato papel aún ante la existencia de resultado negativo de antecedentes.

El Acuerdo General 34/16 dispuso la implementación a partir del 1º de Marzo de 2017, para todos los organismos judiciales de la Provincia, los que con carácter obligatorio deberán adjuntar dicho formulario al inicio de todos aquellos expedientes relacionados con causas de Violencia Familiar Ley 9198, Violencia hacia la Mujer Ley 10.058/26.485 y los delitos vinculados a las violencias que estas leyes abarcan.

En Paraná, la MIP local fue habilitada el 21 de Diciembre pasado para comenzar a imprimir la “Foja de Antecedentes REJUCAV”, y se proyecta hacer lo propio el 28 de Diciembre próximo en MIP Concordia, previéndose para comienzo del año próximo, su habilitación al resto de los Juzgados intervinientes en la provincia.


Carga.

Por otro lado, atento a que la eficiencia del sistema del Registro depende en buena medida del trabajo de carga de datos, en el mismo Acuerdo General el STJ exhortó a los Juzgados de Familia, Juzgados de Familia y Penal de Niños, Niñas y Adolescentes, Juzgados de Paz, Juzgados Civiles y Comerciales con competencia en Familia, Juzgados Laborales, Oficinas de Gestión de Audiencias, Cámaras Civiles, Laborales, Penales –Tribunales de Juicio y Apelaciones-, Secretarías del Tribunal de Casación y Secretarías de Salas del S.T.J.E.R., para que antes del 28 de Febrero de 2017 completen la carga en el REJUCAV, de todos los expedientes tramitados durante el año 2016, referidos a causas de Violencia Familiar Ley 9198, Violencia hacia la Mujer Ley 10.058/26.485 y los delitos vinculados a las violencias que estas leyes abarcan, que tramitan ante esos organismos; de conformidad a lo dispuesto por el Alto Cuerpo en Acuerdo General N° 02/16 del 16 de Febrero de este año. En dicho Acuerdo se dispuso también, invitar a la Procuración General de la Provincia de Entre Ríos a proceder de igual modo.

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