jueves, 20 de abril de 2017

Quieren que el voto en blanco no se compute para la distribución de bancas

Un proyecto de ley del diputado provincial Esteban Vitor (Cambiemos-Paraná), acompañado por sus pares de bloque, promueve una modificación al artículo 114°, inci so a, de la Ley electoral provincial Nº 2988 para cambiar los criterios para el recuento de votos para la asignación de bancas en Diputados y permitir mayor participación de las minorías, al no computar los votos en blanco para obtener el cociente electoral que determinará qué agrupaciones o partidos tienen derecho a representación legislativa. 

El proyecto está argumentado en el reciente fallo del Superior Tribunal de Justicia que se expidió en una acción de inconstitucionalidad que interpuso Ariel Gorostegui en 2011 en la que rechazó la validez de los votos en blanco para distribuir las bancas para definir si tenía derecho a ocupar una banca en el Concejo Deliberante de Concordia o no, pese a obtener los votos suficientes. Finalmente, la Justicia le dio la razón al dirigente radical, y declaró inconstitucional los artículos 114 y 115 de la ley 2988.

“Dicho fallo ha generado la respectiva doctrina jurisprudencial, consistente en que de aquí en adelante, las Juntas Electorales, no deberán computar los votos en blanco a los efectos de la asignación de bancas conforme el artículo 114 inciso a) de la ley 2988. En consecuencia, resulta conveniente la reforma del referido artículo, a los efectos de poner la norma en sintonía con lo que los jueces entienden manda la Constitución Provincial”, remarcó Vitor.

En ese orden, el diputado promueve la modificación del artículo 114, con la siguiente redacción: “En caso de elección de Diputados, la adjudicación de bancas se hará de acuerdo a las siguientes bases:

1.a) Se sumarán todos los votos emitidos a favor de las listas oficializadas en la elección de que se trata, excluyéndose los que fueron emitidos en blanco y se dividirá el total por el número de bancas que comprende la convocatoria.


El resultado obtenido será el cuociente electoral que servirá para determinar cuáles son los partidos o agrupaciones que tienen derecho a representación de acuerdo al artículo 92.”

Argumentos

Al fundamentar la iniciativa, el diputado explicó que busca “subsanar una importante anomalía en la que incurre el sistema electoral entrerriano al momento de la asignación de bancas en los cuerpos legislativos, que subsiste desde el año 1934, fecha en que fue sancionada la ley 2988”. Se trata, explica, de una “clara contradicción” entre lo que establece la Constitución provincial y la ley electoral.

“El presente proyecto, no cuestiona la validez del denominado “voto en blanco”, puesto que éste resulta un acto de plena voluntad del ciudadano, de no optar por ninguna de las listas oficializadas. Sin embargo, lo que se encuentra en debate, es el criterio a aplicar a la hora de los cómputos para determinar los porcentajes a los que accede cada lista”, apuntó Vitor. Y remarcó: “Lo cierto es, que el tema no resulta neutro. Al computarse los votos en blanco, se eleva el primer cuociente que determina cuales serán las listas que participarán en la asignación de bancas. Esto afecta directamente a las opciones minoritarias, lo que restringiría la pluralidad requerida por nuestro sistema constitucional”.

“Es decir, que si bien el voto en blanco no “legitima” a ninguna de las listas oficializadas, en la práctica restringe el acceso a las bancas a las minorías, ya que concretamente altera la distribución, al subir los mínimos de votos a obtener para acceder a los cargos legislativos electivos. Esta es la anomalía que venía produciendo el artículo 114 inciso a) de la ley 2988”, redondeó. “En los hechos, el voto en blanco que al ser emitido tiene características abstencionistas, a la hora de su cómputo, involuntariamente termina beneficiando a las mayorías y perjudicando a las minorías, con lo cual se le da un sentido que no quiso imprimirle ese tipo de votantes”, advirtió, asimismo.Fuente: RecintoNet

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