Con la promulgación bajo el número Nº 10.477, y su publicación en el Boletín Oficial este 5 de junio, quedó prohibido la utilización del fracking en la provincia de Entre Ríos. Estrictamente, el artículo 1 de la norma establece: “Prohíbase en todo el territorio de la Provincia de Entre Ríos la prospección, exploración y explotación de hidrocarburos líquidos y gaseosos por métodos no convencionales, incluyendo la técnica de fractura hidráulica (fracking)”.
La norma, además, señala que “la autoridad de aplicación ejercerá las acciones preventivas pertinentes y oportunas que garanticen la demanda de protección de las aguas pluviales, superficiales y subterráneas, incluyendo el Acuífero Guaraní”. La Secretaría de Ambiente o el organismo que en el futuro la reemplace será autoridad de control de la presente norma.
Además, la ley invita a “las Provincias integrantes de la región asentada sobre el Sistema Acuífero Guaraní a legislar en la protección del mismo”.
La ley fue sancionada el 25 de abril por la Cámara Baja, luego de una primera aprobación y recibir modificaciones en el Senado. La promulgación fue el 11 de mayo, y casi un mes después se publicó en el BO.
La ley es el resultado de la unificación de un proyecto de la ex diputada María Emma Bargagna y de uno que presentó el Ejecutivo cuando estaba por ser tratado en el recinto el de la ex legisladora, lo que mereció críticas de sectores ambientalistas que entendieron se buscaba enturbiar la discusión. Tras posturas encontradas entre los diputados, en junio del año pasado salió una iniciativa que no terminaba de conformar a los promotores del texto. Una de las críticas era, precisamente, la ambigüedad que presentaba el artículo 2, que fue corregido por el Senado en diciembre. En abril de este año, Diputados convirtió el texto en ley. Fuente: RecintoNet
La norma, además, señala que “la autoridad de aplicación ejercerá las acciones preventivas pertinentes y oportunas que garanticen la demanda de protección de las aguas pluviales, superficiales y subterráneas, incluyendo el Acuífero Guaraní”. La Secretaría de Ambiente o el organismo que en el futuro la reemplace será autoridad de control de la presente norma.
Además, la ley invita a “las Provincias integrantes de la región asentada sobre el Sistema Acuífero Guaraní a legislar en la protección del mismo”.
La ley fue sancionada el 25 de abril por la Cámara Baja, luego de una primera aprobación y recibir modificaciones en el Senado. La promulgación fue el 11 de mayo, y casi un mes después se publicó en el BO.
La ley es el resultado de la unificación de un proyecto de la ex diputada María Emma Bargagna y de uno que presentó el Ejecutivo cuando estaba por ser tratado en el recinto el de la ex legisladora, lo que mereció críticas de sectores ambientalistas que entendieron se buscaba enturbiar la discusión. Tras posturas encontradas entre los diputados, en junio del año pasado salió una iniciativa que no terminaba de conformar a los promotores del texto. Una de las críticas era, precisamente, la ambigüedad que presentaba el artículo 2, que fue corregido por el Senado en diciembre. En abril de este año, Diputados convirtió el texto en ley. Fuente: RecintoNet
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