jueves, 25 de febrero de 2016

Implementan modificaciones en la inscripción para el Registro de Adoptantes

Este año habrá cuatro convocatorias para inscribirse. La primera comenzó el 1 de febrero, durante los primeros 10 días hábiles y sólo para completar una planilla y otorgar la fecha para concurrir a un taller obligatorio.
El 1 de febrero comenzó la primera inscripción del 2016 en el Registro de adoptantes, con una serie de modificaciones en la modalidad a partir de este año. Una de ellas es la obligatoriedad de realizar un taller antes de presentar la documentación, el cual debió suspenderse tras la fuerte tormenta de la semana pasada. 

A partir del 2016 habrá cuatro y no seis convocatorias para inscribirse en el Registro de adoptantes. La primera comenzó el 1 de febrero, durante los primeros 10 días hábiles y sólo para completar una planilla y otorgar la fecha para concurrir a un taller obligatorio.

Dicho taller iba a realizarse el pasado sábado en Villaguay pero según informaron, luego de la fuerte tormenta del viernes debió suspenderse sin fecha concreta aun.

Cabe recordar que entre los nuevos requisitos se establece que quien no realice este taller no quedará inscripto en el Registro.

Esta decisión es "para que la gente que se inscriba sepa de qué niños estamos hablando, hay muchos mitos respecto a la adopción y no es para cualquiera. La gente piensa que el estado tiene la obligación de darle un niño y es al revés, el estado tiene la obligación de darle una familia al niño", aclararon.

La próxima convocatoria será en mayo y las siguientes en agosto y noviembre.

Los requisitos, a pesar de los cambios, seguirán siendo los mismos:

a) Nombre y Apellido.

b) Número de Documento Nacional de Identidad (Presentar fotocopia y original del D.N.I.).

c) Fecha y lugar de nacimiento (No es necesario acompañar partida de nacimiento. Basta con la copia del D.N.I.).

d) Estado Civil (En caso de ser casados presentar fotocopia del acta de matrimonio y/o copia de la libreta de familia; en caso de ser divorciados presentar copia de la sentencia y/o fotocopia del acta de matrimonio con la inscripción del divorcio).

e) Ocupación e ingresos (Presentar certificado laboral y/o recibo de sueldo).

f) Domicilio real y número de teléfono (Constatar domicilio con fotocopia de algún servicio).

g) Grupo conviviente si lo hubiere.

h) Hijos o hijas si lo tuviere.

i) Edad y número de niños, niñas y adolescentes que desearían adoptar.

j) Posibilidad de adoptar hermanos o grupo de hermanos, niños o niñas mayores a cinco (5) años, niños/niñas o adolescentes con capacidades diferentes o con problemas de salud.

k) Indicar si previamente el postulante hubiere tenido niños, niñas y adolescentes en guarda y, en su caso, el resultado de la misma.

I) Presentar la información complementaria que establezca la autoridad de aplicación.

m) La obligación expresa del solicitante de hacer conocer al adoptado su realidad biológica.

n) La mención expresa de si se ha dictado en su contra alguna medida cautelar, en proceso de violencia familiar / violencia contra la mujer. (La acreditación de dicho requisito estará a cargo del R.U.A.E.R. y/o de la Defensoría de la jurisdicción a la que corresponda).

ñ) Presentar certificado de no encontrarse Inscripto como deudor alimentario (ley 9424). (La gestión para la acreditación del mencionado requisito estará a cargo del R.U.A.E.R.)

o) Disposición o no para realizar una adopción simple.

p) En el supuesto de cónyuges menores a treinta (30) años, con imposibilidad de tener hijos, deberán acreditar dicha circunstancia con las certificaciones y estudios - médicos correspondientes.

q) Manifestar si se ha inscripto en otras jurisdicciones y en su caso el resultado de las mismas.

La documentación deberá presentarse en original y copia. Las copias serán certificadas por este Registro, devolviéndose los originales.

La falta de acreditación de alguno de los requisitos solicitados no hará admisible la recepción de la solicitud de inscripción. Exceptuando los requisitos mencionados en el punto n y ñ, los cuales en el caso de no ser acreditados en oportunidad de la inscripción, serán gestionadas por este Registro.

La documentación deberá ser presentada en una carpeta colgante con visor fijo. Utilizándose hoja formato A 4, y respetándose un margen de 4 cm a la izquierda.-

Cualquier consulta se podrá realizar por medio del correo electrónico: ruaer@jusentrerios.gov.ar, de manera telefónica al número: 0343 ? 4209393/394 o personalmente a México 480. (APF)
                           Resultado de imagen para registro de adoptantes (entre ríos)

No hay comentarios:

Publicar un comentario