miércoles, 3 de junio de 2015

Se reglamentó el Registro Provincial de Antecedentes de Tránsito

El Registro Provincial de Antecedentes de Tránsito (RegiPAT), dependerá de la Policía de Entre Ríos, y funcionará dentro de la Dirección de Prevención y Seguridad Vial.

Centralizará información sobre presuntos infractores prófugos o rebeldes a la ley de tránsito; a la vez que podrá ser consultado y observado por todos los que allí aparezcan inscriptos. Así lo estipula la reglamentación parcial de la ley 10025 por la cual la provincia adhiere a la ley nacional de Seguridad Vial.
Un decreto del Ministerio de Gobierno con fecha del 13 de mayo, pero publicado en el Boletín oficial el pasado 1º de junio, reglamenta en forma parcial la ley 10025 sancionada en 2011.
Se trata puntualmente de la parte de la normativa que crea el Registro Provincial de Antecedentes de Tránsito (RegiPAT).
El Registro dependerá de la Policía de Entre Ríos, funcionando con nivel de División dentro de la Dirección de Prevención y Seguridad Vial, para su funcionamiento contará con varias atribuciones.
Algunas de ellas son: “Coordinará su actividad con el Consejo Provincial de Seguridad Vial; adoptará las medidas necesarias para la creación de una red informática con el Consejo Provincial de Seguridad Vial y su interacción nacional, que permita el flujo de datos y de información, deberá ser ágil a los efectos de no producir demoras en los trámites, proveer a su certeza y se asegurará su actualización permanente”.

ESTADÍSTICA ACCIDENTOLÓGICA
Además “llevará una estadística accidentológica, de seguros y de datos del parque automotor, a cuyos fines queda facultado para solicitar a los organismos provinciales y municipales la información necesaria para su confección y centralizará los datos de las licencias para conducir, de los presuntos infractores prófugos o rebeldes, las sanciones y demás información útil a los fines del presente, los cuales deberán comunicarse de inmediato a este Registro, el que debe ser consultado previo a cada trámite o para todo proceso contravencional o judicial relacionado a la materia”.
Por otra parte, según se lee en la reglamentación, la consulta de este registro “será libre y amplia para todas las personas físicas o jurídicas identificadas en el mismo, quienes tendrán derecho a efectuar las observaciones que hagan a sus legítimos intereses”.
“Para los casos de infracciones constatadas por el personal de la Dirección de Prevención y Seguridad Vial de la Policía de Entre Ríos en las rutas nacionales y provinciales existentes en la jurisdicción de la Provincia de Entre Ríos, se designa como Autoridad de Juzgamiento al funcionario que se desempeñe como Director de la referida repartición policial”, dice el texto legal en otro de sus párrafos.
También explicita cómo se dará el procedimiento de constatación de infracción, descargo y sanción, en  caso de corresponder. (APFDigital)
tránsito

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