TARIFAS PARQUE Y BALNEARIO MUNICIPAL TEMPORADA 2013 - 2014
Concejo Deliberante, 17 de Octubre de 2013
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE ROSARIO DEL TALA SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Artículo 1º: Fíjase a partir de la inauguración de la Temporada de Playas 2.013 / 2.014, del Parque y Balneario Dr. Delio Panizza el siguiente Tarifario Por Día:
INGRESO DE MOTOS-------------------------
INGRESO DE AUTOMÓVILES-------------------
INGRESO DE COMBIS------------------------
INGRESO DE COLECTIVOS--------------------
INGRESOS DE CAMIONES----------------------
PARRILA UNICAMENTE--------------------
ENERGIA ELECTRICA PARTICULAR---------------------------------------$ 20,00.-
INGRESO POR PERSONA (exceptuando a los menores 12 años)-------$ 5,00.-
CARPAS
Hasta cuatro (4) personas c/derecho a energía, parrillero------------- $ 45,00.-
Más de cuatro (4) personas incluido derecho de energía eléctrica,
parrillero ------------------------------
CASAS RODANTES
Hasta cuatro (4) personas c/derecho a energía eléctrica, parrilleros--$ 45,00.-
Más de cuatro (4) personas c/derecho a energía eléctrica, parrilleros $ 55,00.-
Casas rodantes y/o carpas con aire acondicionado. Adicional----------$ 50,00.-
BONIFICACIONES
a)- Con un 10% de descuentos pago adelantado por la ocupación durante cinco (5) días de permanencia consecutiva.-
b)- Con un 20% de descuentos pago adelantado por la ocupación durante quince (15) días de permanencia consecutiva.-
c)- Con un 30% de descuentos pago adelantado por la ocupación durante treinta (30) días de permanencia consecutiva.-
d)- Las carpas de estudiantes que estén en sector Joven por dos días de permanencia consecutiva se les otorgará un día en forma gratuita.-
Artículo 2º: Las personas propietarias de inmuebles y grupo familiar y socios del Club de Pesca y Remo en el Parque y Balneario quedan exceptuados de abonar las tarifas de ingresos, estos últimos con la exhibición del último pago de la cuota social y exhibiendo el carnet de socio.-
Artículo 3º: Los propietarios a que se refiere el Art. 2°, deberán empadronar en la Oficina de Tránsito de la Municipalidad de Rosario del Tala, los vehículos que son de uso propio, donde se les expedirá un certificado a los fines de comprobar la exención.-
Artículo 4º: Comuníquese, etc.. Dado, Sellado y firmado en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante en el día de la fecha.-
Prensa Municipalidad de Rosario del Tala
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