domingo, 14 de junio de 2015

“Paren de Fumigar las Escuelas” pidió informes

La Campaña “Paren de Fumigar las Escuelas” informó que la Unidad de Investigación y Litigación de la Fiscalía Nº 4 de Concepción del Uruguay -que lleva adelante la búsqueda de elementos para determinar si la denuncia por la fumigación área realizada sobre la Escuela Rural Nº 44 reúne la entidad suficiente para ser elevada a juicio- debió solicitar que el Juzgado de Garantías, que libre un Oficio a la Subsecretaría de Recursos Naturales de la provincia.
Esto fue para que informe: si la fumigación fue realizada “con arreglo a las normas vigentes”, si los plaguicidas utilizados están aprobados, si la maquinaria y el piloto están registrados, si la receta agronómica está bien confeccionada y si la fumigación fue notificada en tiempo y forma por la empresa aplicadora con presentación del plano del lote.
Esta información fue solicitada por la fiscal en el mes de marzo a la oficina dependiente de la Secretaría de la Producción que, siendo el Órgano de Aplicación y Control de estas actividades según lo establece el Decreto 279, aún no respondió; por lo cual se recurre al Juzgado de Garantías para que la emplace, bajo apercibimientos legales, a contestar en 15 días hábiles.
El expediente judicial ya tiene los informes de los profesionales de Criminalística de la Policía de la provincia, del Servicio Meteorológico Nacional, del Médico Forense de Tribunales, de la Municipalidad de Santa Anita, que se suman a los presentados por la docente afectada y a los elementos retenidos en el allanamiento a la empresa Aerolitoral S.A., con todos estos elementos la Fiscal Melisa Ríos deberá argumentar la denuncia al considerar la elevación a juicio.
Desde nuestra campaña seguimos con atención las medidas que se disponen para este caso y le daremos la mayor y mejor difusión posible en la seguridad que las instituciones del estado están para garantizar que todos los ciudadanos podamos vivir en un ambiente sano como lo establecen los art. 41 de la Constitución Nacional y el art. 22 la Constitución Provincial.Fuente 03442
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