Con el propósito de afianzar el sistema de trazabilidad de la miel, el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) creó en todo el país el Registro Nacional de Salas de Extracción de Miel y Acopios Intermedios, el cual es obligatorio y tiene plazo de inscripción hasta el próximo 31 de marzo. Desde el gobierno provincial se trabaja con los municipios para asesorar y difundir esta nueva medida que es gratuita y beneficia a todo el sector apícola.
Esta nueva obligatoriedad se estableció en la resolución N° 515/2016 que creó el Registro Nacional de Salas de Extracción de Miel y Acopios Intermedios en el Sistema Único de Registros (SUR), en la órbita de la Dirección Nacional de Inocuidad y Calidad Agroalimentaria del Senasa, y cuyo objetivo es disponer de información que contribuya a fortalecer el sistema de trazabilidad de la miel.
En Entre Ríos, el Ministerio de Producción, a través de la Dirección de Producciones Pecuarias Alternativas, está trabajando articuladamente con la colaboración de las áreas de Producción de los municipios para poder acercar toda la información necesaria a los productores sobre la vigencia de esta nueva medida.
En este sentido, la directora de Producciones Pecuarias Alternativas, Noemí Altamirano, indicó que “esta disposición de Senasa permitirá que con el empadronamiento se terminen de definir las salas habilitadas para así poder trabajar tanto en la extracción como en el fraccionamiento; sea para exportar como para vender en el mercado interno los productos en las condiciones de habilitación correspondientes”.
El Registro
¿Qué es el Registro Nacional de Salas de Extracción de Miel y Acopios Intermedios?
Es una base de datos permanente, única y centralizada en el Senasa, de todos los operadores de Salas de Extracción de Miel y Acopios Intermedios (acopios no vinculados en forma directa a la exportación de miel).
Aquí se gestiona información sobre el responsable de la actividad, su ubicación geográfica, la capacidad instalada de procesamiento o acopio y el estado de la habilitación sanitaria.
¿Quiénes deben inscribirse?
Todos los propietarios de salas de extracción y acopio deben inscribirse, incluso quienes ya tengan sus salas habilitadas o registradas.
Beneficios
No sólo otorga transparencia en la cadena de valor apícola, sino que permite una gestión más eficiente y destina recursos para fortalecer el control en los eslabones de la misma, mejorando la trazabilidad. Y es obligatorio si se pretende comercializar la producción de miel con destino a la exportación.
Inscribirse en este registro no implica la habilitación para su funcionamiento.
La habilitación la otorga el Senasa o la autoridad sanitaria provincial (en provincias con convenios) y se rige por la resolución ex SAGPyA N° 870/2006 y la resolución ex Senasa Nº 220/1995. Los titulares de las Salas de Extracción y Acopios Intermedios que no se encuentren registrados en el Sistema Único de Registros (SUR) de Senasa y habilitados por la autoridad sanitaria que corresponda, no podrán enviar sus productos a establecimientos de acopio, fraccionamiento, depósito y/o procesamiento con destino a exportación.
Documentación a presentar
Para la inscripción de las Salas de Extracción debe presentarse: fotocopia de DNI, constancia de inscripción a la AFIP (CUIT), formulario Res. N° 515/16 (Anexo I) y constancia de habilitación de Sala de Extracción (para el caso de las salas que se encuentren habilitadas).
Por su parte, la documentación a presentar para la inscripción en el caso de las Salas de Acopio es: fotocopia de DNI, constancia de inscripción a la AFIP (CUIT), formulario Res. N° 515/16 (Anexo II).
El link para descargar el formulario de los Anexos (I y II) es: http://www.senasa.gov.ar/normativas/resolucion-515-2016-senasa-servicio-nacional-de-sanidad-y-calidad-agroalimentaria
¿Dónde se realiza el trámite?
Hasta el 31 de marzo se puede presentar la documentación en la oficina de la Dirección de Producciones Pecuarias Alternativas, sita en Buenos Aires 60, 6to piso, oficina D, Paraná, Entre Ríos. De lo contrario, si es del interior, puede acercarse al área de Producción de su municipio, o bien a las oficinas del Senasa más cercana. Para más asesoramiento puede comunicarse al (0343) 4207956 (Dirección de Producciones Pecuarias Alternativas) y solicitar asesoramiento con Nicolás Gebhart ó Julieta Streich. (Prensa Ministerio de Producción).
Esta nueva obligatoriedad se estableció en la resolución N° 515/2016 que creó el Registro Nacional de Salas de Extracción de Miel y Acopios Intermedios en el Sistema Único de Registros (SUR), en la órbita de la Dirección Nacional de Inocuidad y Calidad Agroalimentaria del Senasa, y cuyo objetivo es disponer de información que contribuya a fortalecer el sistema de trazabilidad de la miel.
En Entre Ríos, el Ministerio de Producción, a través de la Dirección de Producciones Pecuarias Alternativas, está trabajando articuladamente con la colaboración de las áreas de Producción de los municipios para poder acercar toda la información necesaria a los productores sobre la vigencia de esta nueva medida.
En este sentido, la directora de Producciones Pecuarias Alternativas, Noemí Altamirano, indicó que “esta disposición de Senasa permitirá que con el empadronamiento se terminen de definir las salas habilitadas para así poder trabajar tanto en la extracción como en el fraccionamiento; sea para exportar como para vender en el mercado interno los productos en las condiciones de habilitación correspondientes”.
El Registro
¿Qué es el Registro Nacional de Salas de Extracción de Miel y Acopios Intermedios?
Es una base de datos permanente, única y centralizada en el Senasa, de todos los operadores de Salas de Extracción de Miel y Acopios Intermedios (acopios no vinculados en forma directa a la exportación de miel).
Aquí se gestiona información sobre el responsable de la actividad, su ubicación geográfica, la capacidad instalada de procesamiento o acopio y el estado de la habilitación sanitaria.
¿Quiénes deben inscribirse?
Todos los propietarios de salas de extracción y acopio deben inscribirse, incluso quienes ya tengan sus salas habilitadas o registradas.
Beneficios
No sólo otorga transparencia en la cadena de valor apícola, sino que permite una gestión más eficiente y destina recursos para fortalecer el control en los eslabones de la misma, mejorando la trazabilidad. Y es obligatorio si se pretende comercializar la producción de miel con destino a la exportación.
Inscribirse en este registro no implica la habilitación para su funcionamiento.
La habilitación la otorga el Senasa o la autoridad sanitaria provincial (en provincias con convenios) y se rige por la resolución ex SAGPyA N° 870/2006 y la resolución ex Senasa Nº 220/1995. Los titulares de las Salas de Extracción y Acopios Intermedios que no se encuentren registrados en el Sistema Único de Registros (SUR) de Senasa y habilitados por la autoridad sanitaria que corresponda, no podrán enviar sus productos a establecimientos de acopio, fraccionamiento, depósito y/o procesamiento con destino a exportación.
Documentación a presentar
Para la inscripción de las Salas de Extracción debe presentarse: fotocopia de DNI, constancia de inscripción a la AFIP (CUIT), formulario Res. N° 515/16 (Anexo I) y constancia de habilitación de Sala de Extracción (para el caso de las salas que se encuentren habilitadas).
Por su parte, la documentación a presentar para la inscripción en el caso de las Salas de Acopio es: fotocopia de DNI, constancia de inscripción a la AFIP (CUIT), formulario Res. N° 515/16 (Anexo II).
El link para descargar el formulario de los Anexos (I y II) es: http://www.senasa.gov.ar/normativas/resolucion-515-2016-senasa-servicio-nacional-de-sanidad-y-calidad-agroalimentaria
¿Dónde se realiza el trámite?
Hasta el 31 de marzo se puede presentar la documentación en la oficina de la Dirección de Producciones Pecuarias Alternativas, sita en Buenos Aires 60, 6to piso, oficina D, Paraná, Entre Ríos. De lo contrario, si es del interior, puede acercarse al área de Producción de su municipio, o bien a las oficinas del Senasa más cercana. Para más asesoramiento puede comunicarse al (0343) 4207956 (Dirección de Producciones Pecuarias Alternativas) y solicitar asesoramiento con Nicolás Gebhart ó Julieta Streich. (Prensa Ministerio de Producción).
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