sábado, 24 de enero de 2015

Cómo obtener el reintegro del 35 por ciento de Afip de compras en el exterior

Desde que la Afip comenzó a cobrar la famosa percepción por las compras realizadas en el exterior, pasajes y paquetes turísticos y, luego, al dólar ahorro, los contribuyentes se llenaron de preguntas.
AFIP EDIFICIO
 Con el correr de los meses, algunas dudas se fueron disipando pero, sin embargo, lo más complicado de todo es el procedimiento para obtener el reintegro. Por ese motivo, este paso a paso ayudará tanto a quienes pagan Ganancias como a aquellos que no lo hacen para obtener, finalmente, la devolución de la Afip. Primeros pasos para ambos tipos de contribuyentes Ambos tipos de contribuyentes deberán tener, para poder comenzar el trámite, su propia Clave Fiscal con datos biométricos. Quienes aún no cuenten con ella, tendrán que acercarse a la Agencia de AFIP asociada a su domicilio fiscal del DNI y, en un sencillo trámite, obtenerla. Además, para tener en cuenta cuánto dinero se le “reclamará” a la Afip, el usuario deberá ingresar a la web del organismo y, siguiendo los pasos, consultar sus Retenciones Impositivas. Pasos a seguir si se pagan Ganancias Aquellos que durante el año que culminó pagaron Ganancias, deberán presentar una declaración jurada online a su empleador.
 Este trámite se realiza a través del Formulario 572web, también llamado SiRADIG.
 Pasos: 1- Ingresar con clave fiscal. 2- Dirigirse a “SiRADIG – Trabajador”.
Una vez allí, cliquear en “Crear nuevo borrador” 3- Actualizar los Datos Personales. Importante: agregar el número de celular y dirección. Guardar. 4- Completar los datos del apartado “Empleadores”. El formulario pregunta “¿Es agente de retención?”, responder SI en caso de tener un solo trabajo en blanco. Si se tiene más de uno, poner SI únicamente en la empresa que paga el salario más alto. Al resto marcarlos con un NO. Si se tiene más de un empleador, se deben cargar los datos de todos y los montos que se cobran (Ganancia Bruta, aportes y deducciones). 5- Cargar las deducciones regulares del Impuesto a las Ganancias. 6- En el apartado “Otras retenciones, percepciones y pagos a cuenta” se deberán cargar todos los conceptos deducibles, esto es: impuesto a créditos y débitos, 20% de dólar ahorro, 35 por ciento de tarjetas de crédito/débito o pasajes, entre otros. Para eso habrá que ingresar en “Pago a cuenta – Compras en el exterior”, se desplegará un menú en el que se tendrá que cargar el monto de la percepción para cada mes y por cada tarjeta. Por su parte, si lo que se desea es la devolución del 20 por ciento del dólar ahorro los pasos son: Ingresar a “Pago a Cuenta – Resolución General (Afip) 3583/2014. Adquisición de moneda extranjera para tenencia de billetes extranjeros en el país”, seleccionar las autorizaciones que aparecen en el menú, cargar la fecha en la que la compra se hizo efectiva y guardar. Una vez cargadas todas las autorizaciones, la web indicará que se ha terminado y ya no quedan más. 7- La tarea pesada ha terminado, ahora sólo resta enviar el Formulario 572 Web al Empleador. Pasos a seguir para quienes no pagaron Ganancias Todos aquellos contribuyentes que no pagan Ganancias tienen asignado el Formulario746/A, a la hora de procurar recuperar lo pagado en materia de percepciones. Entonces, para que la Afip realice el reintegro, se deberá ingresar el CBU en la web. Veamos el paso a paso. 1- Ingresar a la web de Afip con Clave Fiscal en “Mis Aplicaciones Web”. En caso de no contar con esa opción el camino será: Administrador de Relaciones de Clave Fiscal / Adherir Servicio / clic en el logo de la Afip / Servicios Interactivos / Mis Aplicaciones Web. 2- Una vez en “Mis aplicaciones web” se deberá seleccionar “(+) Nuevo” y elegir de la lista el Formulario F.746/A – Devoluciones Y Transferencias. 3- Atención que por cada mes en el que haya habido consumos con percepciones, se deberá crear un nuevo formulario. 4- Las percepciones ya acreditadas en “Mis Retenciones” aparecen automáticamente. Pero en caso de no encontrar, el ingreso se puede hacer de forma manual en el apartado “Percepciones no registradas en Mis Retenciones”. Una vez hecho eso, habrá que marcar “Obtener monto total de percepciones a tramitar en devolución” y, para terminar, “Presentar”. 5- Si la Afip aprueba la devolución, existe la posibilidad de que avise de la determinación, o no. Por tal motivo, se aconseja revisar los movimientos de la cuenta bancaria para saber si se ha realizado el depósito. En caso de que el pedido se rechace, el organismo oficial informará el por qué.AIMdigital
                           

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