lunes, 22 de mayo de 2017

A fines de mayo se termina el plazo para elegir el Alias CBU

El Alias CBU es obligatorio en todo el país por disposición del Banco Central y hasta fin de mayo es opción del cliente elegir la denominación, la que a partir del 1 de junio, serán asignadas por las entidades financieras para quienes no lo hicieron.

Con esto, el Banco Central intenta facilitar y promover los medios de pago electrónicos y ya no hará falta dictar o anotar los 22 números de la CBU sino simplemente el alias, que puede, por ejemplo, repetir el nombre, el mail o el usuario de redes de cada cliente.

Pasos para cambiarlo

La modificación se realiza directamente desde la página web del banco en donde se tenga registrada la cuenta.

El nuevo código debe tener entre 6 y 20 caracteres y admite letras, números, guión medio y punto. Se puede usar cualquier combinación. Siempre y cuando no la haya registrado alguien antes. Una vez creado, el alias se puede modificar.

Antes de confirmar el pago, una pantalla indica el nombre real del destinatario para evitar errores, puntualizó el Central.

La identificación, además, es “portable”, es decir que el cliente la puede llevar de un banco a otro cuando cambie de entidad.

Hay que generar un “alias” distinto por cada cuenta activa, ya sea en distintos bancos o diferentes tipos de cuentas.

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