La confirmación fue publicada en el Boletín Oficial: a partir de ahora los médicos deberán recetar los medicamentos con su nombre genérico. Esto comenzó a tener validez en la provincia a partir de la publicación en el Boletín Oficial de la adhesión a la Ley nacional 25.649 que establece un marco regulatorio de defensa a los pacientes.
A partir de ahora, será obligación incluir el nombre genérico de la droga, mientras que la inclusión de la marca de los remedios será opcional. El objetivo es impedir la orientación intencional, por parte de los profesionales de la salud, hacia la compra de determinadas marcas y laboratorios, a pesar de la diferencia de los precios.
En el Boletín del 29 de junio se cumplió el último paso para que entre en vigencia la adhesión a la Ley nacional 25.649, que defiende al consumidor de medicamentos y drogas farmacéuticas y su utilización como medio de diagnóstico en tecnología biomédica y todo otro producto de uso y aplicación en la medicina humana.
Ahora, la receta deberá indicar primero el nombre genérico y será opcional el nombre o marca comercial, “pero en dicho supuesto el profesional farmacéutico, a pedido del consumidor, tendrá la obligación de sustituir la misma por una especialidad medicinal de menor precio que contenga los mismos principios activos, concentración, forma farmacéutica y similar cantidad de unidades”, según publicó Aim Digital.
En ese marco, se reafirma que el farmacéutico, debidamente autorizado por la autoridad competente, es el único responsable y capacitado para la debida dispensa de especialidades farmacéuticas, como así también para su sustitución.
Además, se dispone que toda receta o prescripción médica que no exprese el nombre genérico del medicamento “se tendrá por no prescrita, careciendo de valor alguno para autorizar el expendio del medicamento de que se trate”.
Bajar el costo de la salud
Cabe recordar que la Ley nacional fue sancionada en 2.002 en medio de la polémica por los precios de los remedios, que surgió como una alternativa para combatir los abusos de los laboratorios tradicionales.
La norma se dio en el marco de un país envuelto en una profunda crisis económica y de una serie de políticas nacionales de medicamentos del gobierno de Néstor Kirchner. La autoría intelectual fue liderada por el entonces ministro de Salud Ginés González García y representó en la región un verdadero cambio de paradigma en la relación de la cadena que interviene en la industria farmacéutica local. El espíritu tiene que ver fundamentalmente con amplificar el derecho de los pacientes a elegir libremente el medicamento y que los laboratorios produzcan en el país aquellos medicamentos sobre los que pretendan una patente, es decir, amplificar el derecho de los pacientes a elegir libremente el medicamento.analisisdigital
A partir de ahora, será obligación incluir el nombre genérico de la droga, mientras que la inclusión de la marca de los remedios será opcional. El objetivo es impedir la orientación intencional, por parte de los profesionales de la salud, hacia la compra de determinadas marcas y laboratorios, a pesar de la diferencia de los precios.
En el Boletín del 29 de junio se cumplió el último paso para que entre en vigencia la adhesión a la Ley nacional 25.649, que defiende al consumidor de medicamentos y drogas farmacéuticas y su utilización como medio de diagnóstico en tecnología biomédica y todo otro producto de uso y aplicación en la medicina humana.
Ahora, la receta deberá indicar primero el nombre genérico y será opcional el nombre o marca comercial, “pero en dicho supuesto el profesional farmacéutico, a pedido del consumidor, tendrá la obligación de sustituir la misma por una especialidad medicinal de menor precio que contenga los mismos principios activos, concentración, forma farmacéutica y similar cantidad de unidades”, según publicó Aim Digital.
En ese marco, se reafirma que el farmacéutico, debidamente autorizado por la autoridad competente, es el único responsable y capacitado para la debida dispensa de especialidades farmacéuticas, como así también para su sustitución.
Además, se dispone que toda receta o prescripción médica que no exprese el nombre genérico del medicamento “se tendrá por no prescrita, careciendo de valor alguno para autorizar el expendio del medicamento de que se trate”.
Bajar el costo de la salud
Cabe recordar que la Ley nacional fue sancionada en 2.002 en medio de la polémica por los precios de los remedios, que surgió como una alternativa para combatir los abusos de los laboratorios tradicionales.
La norma se dio en el marco de un país envuelto en una profunda crisis económica y de una serie de políticas nacionales de medicamentos del gobierno de Néstor Kirchner. La autoría intelectual fue liderada por el entonces ministro de Salud Ginés González García y representó en la región un verdadero cambio de paradigma en la relación de la cadena que interviene en la industria farmacéutica local. El espíritu tiene que ver fundamentalmente con amplificar el derecho de los pacientes a elegir libremente el medicamento y que los laboratorios produzcan en el país aquellos medicamentos sobre los que pretendan una patente, es decir, amplificar el derecho de los pacientes a elegir libremente el medicamento.analisisdigital
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