lunes, 29 de agosto de 2016

Se viene el 1er Encuentro de Escultores en Gualeguay

Por ser Capital Provincial de la Cultura, nuestra ciudad viene organizando para octubre el 1er Encuentro Provincial de Escultores (en madera). La iniciativa surgida desde la Dirección de Cultura y la Secretaría Municipal, tiene como marco legal un proyecto de Ordenanza que se presentó en el Concejo Deliberante. Dicho evento será auspiciado y organizado desde la Secretaría de Cultura, Deportes y Turismo. La posibilidad de contar con una fecha que reúna a escultores de Entre Ríos está en pleno análisis. Aguardan una aprobación del Concejo para que los días 12, 13 y 14 de octubre se concrete el encuentro de escultores en madera.

La iniciativa prevé fijar una fecha en el calendario para la reunión de artistas plásticos, en este caso específico a escultores en madera, aunque se podría contemplar la posibilidad de incluir a aquellos artistas en piedras, metales u otros materiales. Incluso, la propuesta cultural tiene previsto la confección de un Reglamento General que fije los requisitos y las normas a seguir en los trabajos.
En los considerandos, el proyecto de Ordenanza señala que “teniendo en cuenta la condición de que Gualeguay es la Capital Provincial de la Cultura y; que en toda la región existe una prolífica producción de tallistas en madera.

Estas formas de expresión, nos permitiría apreciar y valorar en tres días de encuentro el proceso de la realización de la obra. En las diferentes convocatorias anuales, se podría contemplar la realización e incorporación de otros materiales, como ser, piedras o metales.
El Director de Cultura, Néstor Medrano, difundió y promovió las bases del reglamento y el mencionado proyecto.
Además, se permitiría al turista y a nuestros vecinos ver y apreciar a artistas de reconocida trayectoria a nivel nacional e internacional, trabajando en forma directa haciendo su demostración. De estas obras –agrega el proyecto- al ser únicas, auténticas y originales, pasan a ser patrimonio de la ciudad y por ende incorporadas al Paseo de las Esculturas”, se informó desde la Dirección de Cultura.

Proyecto
Art. 1°) Dispónese la creación del Primer Encuentro Provincial de Escultores de la Municipalidad de Gualeguay, cuya convocatoria tendrá carácter provincial.
Art. 2°) Facúltese al Departamento Ejecutivo Municipal a utilizar zonas del Parque “Intendente Quintana” en las fechas 13, 14 y 15 de octubre para este Primer Encuentro Provincial de Escultores de la Municipalidad de Gualeguay.
Art. 3°) Facúltese al Departamento Ejecutivo Municipal a disponer de los recursos que crea menester para la concreción de dicho encuentro afectando las partidas que correspondan.
Art. 4°) Apruébese el Reglamento General del 1° Encuentro Provincial de Escultores Gualeguay – 2016 talla en madera – que como anexo 1 forma parte de la presente.
Art. 5°) Facúltese al Departamento Ejecutivo Municipal – Dirección de Cultura – para que en los sucesivos encuentros dicte las modificaciones necesarias al reglamento sin alterar el espíritu de la presente.

Reglamento General
-TALLA EN MADERA-
La Municipalidad de Gualeguay a través de la Secretaria de Turismo, Cultura y Deporte, convoca al “Primer Encuentro Provincial de Escultores 2016”, organizado por la Dirección de Cultura.
Este tiene por fin la adquisición de obras escultóricas para ser destinadas al pase de las esculturas que será ubicado en la zona del paseo de la Defensa Costera Sur.
El presente reglamento regirá la convocatoria, organización y pautas de funcionamiento.

REGLAMENTO
A continuación detallamos los principales artículos del Reglamento que será analizado por los Concejales.
ART. 1° - La Municipalidad de Gualeguay a través de la Sec. de Turismo, Cultura y Deportes, convoca al “Primer Encuentro Provincial de Escultores 2016”, estableciendo como especialidad: Talla en Madera. El mismo se llevara a cabo los días 13, 14 y 15 de Octubre.
ART. 2° - La convocatoria a escultores de la provincia no es para un premio, sino para un encuentro cuya participación tiene que ver con el desarrollo y creación de una sola obra escultórica que pasará a ser patrimonio de la ciudad de Gualeguay, por ello el resarcimiento económico.
ART. 3° - Todo participante deberá enviar sin excepción dibujos (bocetos) con vistas distintas del mismo, realizado a mano alzada de la obra a ejecutar, el que será incluido en el catálogo del evento.
ART. 4° - Los participantes deberán asistir a todos los actos que realicen los organizadores.
ART. 5° - Cada participante deberá llevar sus propias herramientas de trabajo.
Característica de la Obra
ART. 6° - La obra deberá ser original e inédita, los bocetos deberán decir que para la realización de las esculturas que se ejecutaran en el Primer Encuentro de Talla de Madera, la temática deberá considerar a Gualeguay como Capital Provincial de la Cultura, a sus paisajes y a sus creadores.
ART. 7° - Los participantes deberán realizar una escultura o talla en madera a partir de un tronco de 0.50 m de diámetro por 1.40 m de largo, que se les será provisto por la organización y sorteados en presencia de los escultores.
ART. 8° - Ajustarse a la composición y dinámica artística propuesta en el boceto.
ART. 9° - Estará permitido el aporte de materiales extra, tales como: metal, tintas naturales (nogalina), brea o betún de Judea para lograr contrastes de fondo, seguro lo requiera la obra.
ART. 10° - Todas las obras pasaran a formar parte del patrimonio de la Municipalidad de Gualeguay para ser destinada a nuestro paseo de las Esculturas.
ART. 11° - Los escultores recibirán un honorario de $5.000.-, reajustable periódicamente según disponga la Dirección de Cultura y certificados de participación a cada uno.
ART. 12° - La organización no costeara los gastos de posibles acompañantes.
ART. 13° - A los artistas se les costeara el alojamiento, comida, refrigerios, durante los días que dure el encuentro. No así los gastos de teléfono, bar, etc.
ART. 14° - Cada escultor contara con 220v de electricidad, sistema de cable y asistente para el afilado de cadenas.
ART. 15° - La organización no se hará responsable por el deterioro que sufran las maquinas utilizadas por los artistas.
ART. 16° - La Comisión organizadora proporcionara, de conseguir algún auspiciante, materiales e insumos básicos necesarios para la realización de las obras.
ART. 17° - Cada participante deberá contar con un seguro de asistencia médica y de riesgos personales (deberá presentar documentación a tal efecto), en caso contrario y ante cualquier eventualidad de ese tipo los gastos correrán por exclusiva cuenta del escultor, no asumiendo los organizadores del evento, responsabilidad civil ni penal por cualquier siniestro suscitado en ocasión del trabajo que se realice.
ART 18° - La participación en el encuentro implica el conocimiento y la aceptación del presente reglamento. En caso que los escultores no cumplieran con lo acordado en el reglamento o en su proyecto de obra, el destino de la misma y el honorario, quedara a cargo del comité organizador.
ART. 19° - Cualquier otra cuestión que no esté completada en el reglamento será decidida por la Dirección de Cultura quienes se reservan el derecho a resolver cualquier interpretación o circunstancias no explicita.

De carácter obligatorio. De Propiedad del Escultor.
○ Protectores visuales (antiparras o mascara facial)
○ Protectores auditivos.
○ Protectores respiratorios.
○ Guantes de trabajo, de algodón o similares.
○ Botines de seguridad y pantalones largos de grafa o jean.
○ Casco para trabajo con motosierra.
El Espacio asignado para cada participante será 3m por 3m y estará calculado para la comodidad de trabajo del escultor y sus herramientas. FUENTE diariodebatepregon

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