domingo, 1 de mayo de 2016

Mattiauda propone derogar el impuesto a la herencia

El senador provincial, Nicolás Mattiauda, presentó un proyecto de ley para que se derogue el gravamen a la Transferencia Gratuita de Bienes, conocido como Impuesto a la Herencia, creado por Ley Nº 10.197 e incluido en el Código Fiscal de Entre Ríos.

La iniciativa tomó estado parlamentario a mediados de abril y apunta a eliminar un impuesto considerado por el legislador como “claramente injusto” ya que al gravar la transmisión gratuita de bienes “presupone que el receptor de los mismos se está enriqueciendo”.
Si bien el gravamen fue creado para financiar el Programa de Desarrollo de la Infraestructura Social de Entre Ríos (PRODISER), para promover la construcción de viviendas sociales, Mattiauda aclara en los fundamentos que no se elimina ese plan habitacional sino sólo el tributo pues “perjudica a las clases medias, trabajadores y pequeños productores que quieren iniciar un juicio sucesorio o disponer de sus bienes a través de una donación o anticipo de herencia, ya que muchas veces deben vender los bienes para obtener liquidez para abonar los montos del impuesto”.
Explicó en ese sentido que “el gobierno provincial, impulsor de la Ley en el año 2013, fundamentó la misma en el hecho de que se financiaba el nuevo programa de construcción de viviendas para los sectores más postergados de la sociedad, cobrando un impuesto a quienes se enriquecen incrementando su patrimonio por haber recibido una herencia, donación o legado, sin haber realizado ningún esfuerzo para ello”.
Pero, aclara Mattiauda, “podría considerarse que viola el principio de no confiscatoriedad debido a que, si se le adicionan otros impuestos principalmente nacionales, que gravan a los bienes en cuestión, se supera el 33 % establecido por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en reiteradas oportunidades”.
Asimismo, según el legislador representante del departamento Gualeguaychú “hay otras cuestiones que hacen necesaria la eliminación del tributo en cuestión. Debo hacerme eco de los reclamos del Colegio de Abogados de la Provincia, que ha manifestado que desde la sanción de la Ley 10.197, se ha visto reducido el inicio de juicios sucesorios o que los que se iniciar no llegan a efectivizar las trasmisiones de bienes, todo ello con el fin de eludir la obligación del pago del tributo”.
“Hay que tener en cuenta que la Ley enuncia una serie de presunciones de gratuidad, las cuales se contradicen a las reglas que aplica el Estado Nacional, por la cual la AFIP presupone que detrás de todo acto gratuito se esconde la simulación de un acto oneroso”, indicó el legislador. Y agregó que sin embargo “la ATER, con la Ley 10.197, establece una presunción exactamente contraria a lo enunciado”.
Detalló además que la recaudación del tributo en cuestión “no es significativa para las arcas del fisco. Si se analizan los Ingresos Tributarios para el año 2016, que alcanzan un total de $ 34.004.477.000, al Impuesto a la Transmisión Gratuita de Bienes le corresponde un total de $ 30.747.000, lo que representa únicamente el 0,090 % de los ingresos anuales”.

Articulado del proyecto
ARTÍCULO 1º.- Derógase el inciso 3º del artículo 2º de la Ley Nº 10.197. ¬
ARTÍCULO 2º.- Derógase los artículos 7, 8, 9, 10 y 11 de la Ley Nº 10.197. ¬
ARTÍCULO 3º.- Derógase el “Título VIII Impuesto a la Transmisión Gratuita de Bienes” del Código Fiscal (T.O. 2006). ¬
ARTÍCULO 4º.- Derógase el “Título X Impuesto a la Transmisión Gratuita de Bienes” de la Ley Impositiva Nº 9.622.
ARTÍCULO 5º.- De forma.
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