viernes, 29 de junio de 2018

· “Esta vez la Argentina va a cumplir”

El presidente Mauricio Macri encabezó la inauguración de un centro comunitario en Basavilbaso, Entre Ríos.

El Jefe de Estado subrayó que “la mayoría de los gobernadores de Cambiemos, del Peronismo, intendentes, senadores, diputados estamos comprometidos” en esos objetivos y achicar el déficit fiscal en todos los niveles del Estado.
“Si decimos que lo vamos a hacer, lo haremos y, si resolvemos eso, el crecimiento será ilimitado e infinito porque nuestra capacidad y talento son enormes”, enfatizó.
Macri formuló esos conceptos luego de haber recorrido el nuevo edificio del centro comunitario, ubicado en el barrio Tolcachier de esta ciudad, donde los vecinos pueden acceder a cursos de guitarra, dibujo, pintura, textilería y batucada.
Estuvo acompañado por el gobernador de Entre Ríos, Gustavo Bordet; los ministros del Interior, Obras Públicas y Vivienda, Rogelio Frigerio, y de Agroindustria, Luis Etchevehere; el secretario general de la Presidencia, Fernando de Andreis; y el intendente local, Gustavo Hein.
Además, concurrieron a la presentación todos los legisladores nacionales de Entre Ríos y otros intendentes de la provincia.
El Presidente dijo que la inauguración del lugar es un buen marco para “pensar en todas las cosas que vamos a festejar en el futuro, que vamos a seguir cambiando juntos todos los días”.
“Porque eso es lo importante: hemos decidido emprender un camino de trabajo en conjunto, de cambios profundos que hacen a la realidad”, añadió.
Señaló que el Gobierno nacional tuvo que comenzar a “resolver problemas estructurales graves que nos quedaron del pasado, y empezamos a hacerlo” con el respaldo que le dio a la Argentina “el crédito mundial”.
Advirtió, no obstante, que los cambios registrados a nivel global plantean ahora un escenario en que “tenemos que hacer el trabajo entre nosotros, juntos, y comprometiéndonos a resolver los problemas estructurales” en todos los niveles de estado y no gastar más que los recursos que ingresan.
“Queremos aprenden, crecer y progresar y para eso debemos estar comprometidos a demostrarnos entre nosotros y con el mundo que aprendimos de nuestros errores”, resaltó.
En tanto el gobernador Bordet agradeció al Presidente por la visita y señaló que su presencia renueva “un compromiso de trabajo articulado, fecundo, para poder llevar adelante nuestras tareas de gobierno”.
Dijo que “no hay ningún interés particular que pueda ser superior al interés general, y tampoco hay ningún interés político que pueda ser superior al bien común; para eso trabajamos todos los días y entendemos que en momentos de dificultades hay que aunar esfuerzos”.
“Cuente con nuestro apoyo para lograr tener el equilibrio que todos necesitamos porque esto pertenece a todos los argentinos y, si nos va bien en la gestión nacional, provincial y municipal, les va bien a nuestros vecinos, les va bien a los entrerrianos y a los argentinos”, puntualizó.
El Presidente también visitó el salón de usos múltiples (SUM), donde el Coro Municipal “Magnificat” cantó un tema alusivo a la ciudad, que mañana cumple 131 años de su fundación.
El NIDO (Núcleo de Inclusión y Desarrollo de Oportunidades) es de gran importancia para los casi 1800 habitantes de ese barrio que, hasta ahora, no contaban con plazas ni espacios verdes de calidad para uso público.
También quedó habilitado el playón deportivo, mientras que se encuentran en ejecución distintas obras de urbanización, como el mobiliario, las plazas y las redes viales y de desagües pluviales.
Además, cuenta con una granja agroecológica hecha con aportes privados junto a la articulación del Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria (INTA) y del Proyecto Agua Segura.
Se trata de un espacio de formación para concientizar a la comunidad sobre la importancia de producir alimentos frescos y sanos para su consumo, a la vez que servirá como modelo para difundir tecnologías para el cultivo.
Los NIDOs, en que también se ofrecen cursos de introducción al trabajo a jóvenes de entre 18 y 24 años, están enmarcados en el Plan Nacional de Hábitat que aplica el Ministerio del Interior para mejorar las condiciones de vida en zonas vulnerables.Fuente Jorge Kleinman(FmCentro)
La imagen puede contener: 9 personas, personas sonriendo, multitud y exterior

jueves, 28 de junio de 2018

ANSeS puso fecha al pago de AUH, Asignación por Embarazo y Progresar

 Las cuales comienzan, en los Bancos, el jueves 5 del séptimo mes del año, según corresponda de acuerdo a la terminación de DNI, y hasta el 19 de julio.
La ANSeS informó el calendario con las fechas de pagos del mes julio 2018 para la Asignación Universal por Hijo (AUH), Asignación por Embarazo y programa Progresar, en los Bancos, de acuerdo a la terminación del número de DNI:

-Jueves 5 de julio: 0

-Viernes 6: 1

-Martes 10: 2

-Miércoles 11: 3

-Jueves: 12: 4

-Viernes 13: 5

-Lunes 16: 6

-Martes 17: 7

-Miércoles 18: 8

-Jueves 19: 9.
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Caso Pastorizzo: Está identificado quien realizó coacciones al fiscal Rondoni Caffa y su detención es inminente

La persona que realizó coacciones agravadas al fiscal Sergio Rondoni Caffa (quien llevó adelante la Investigación Penal Preparatoria del homicidio de Fernando Pastorizzo), ya estaría identificado y se espera de un momento a otro su detención.
Se trata de un profesional de Buenos Aires, quien a través de las redes sociales realizó amenazas a través del Messenger de Facebook a los perfiles de Rondoni Caffa y de su esposa.
Al fiscal le escribió el martes, luego de la clausura de los alegatos y del fin del debate que se le sigue a Nahir Galarza por el homicidio agravado de su ex pareja Fernando Pastorizzo: “Tené cuidado de no aparecer con un tiro en la cabeza”. Mientras que a su mejor le escribió: “Van a tener un problema muy serio. Tu marido es un machista” h de p y “tengo preparada una investigación con los sobre sueldos que cobró de unos narcos, ojo”.
Los investigadores confiaron a EL ARGENTINO que esta persona vive en Buenos Aires, es profesional y por eso se solicitó la colaboración de la Policía de esa jurisdicción, para corroborar los domicilios donde podría pernoctar.
Además, la Fiscalía está esperando los informes de Google y de las empresas de celulares, cuya información también será analizada con el área de Delitos Informáticos de la Policía de la Ciudad de Buenos Aires y Criminalística de Paraná.
Lo que se pudo determinar es que la página de Facebook utilizada para realizar estas coacciones agravadas se activó utilizando un número de celular y un correo electrónico; y esa fue la huella que esta persona dejó para su localización.
Además, trascendió que esta persona intentó en varias oportunidades (el miércoles y ayer) comunicarse con el fiscal Sergio Rondoni Caffa, llamando al teléfono del Ministerio Público Fiscal pero esa comunicación no se consumó por orden de la fiscal Bartolo.
Para la fiscal que lleva adelante la investigación de nada sirven las disculpas, sin antes responder por la autoría de un supuesto delito que es grave: coacciones agravadas por ser anónimas, cuya pena mínima es de cinco años y la máxima diez años y por lo tanto no admite prisión condicional.
La detención de esta persona sería inminente, de acuerdo al avance que ha logrado la investigación para detectar su identidad, además de las propias llamadas realizadas a Fiscalía en las últimas 48 horas.

Adhesión

La lista “Independencia y Participación” de la Asociación de Magistrado y Funcionarios del Poder Judicial de Entre Ríos, cuyo candidato es Mariano López, se solidarizó de inmediato con el fiscal Rondoni Caffa y expresaron “que no se puede tolerar que un funcionario judicial reciba esta clase de coacciones” y confiaron que el Ministerio Público Fiscal llegará hasta sus últimas consecuencias para dar con el autor de dichas amenazas.

Entre Ríos diseña y fabrica prototipos tecnológicos de rehabilitación para niños con discapacidades motrices

Un auto propulsado eléctricamente, un bipedestador con base motorizada y una silla de ruedas con posibilidad de bipedestación para niños con discapacidades motrices serán los tres prototipos que se desarrollarán y destinarán a centros de rehabilitación motriz públicos especializados en niños.
Lo harán profesionales y emprendedores tecnológicos en la provincia y la idea es generar tecnologías más accesible que la disponible en el mercado nacional e internacional. Se invertirán más de tres millones de pesos.
La propuesta se presentó a la convocatoria de financiamiento para Proyectos Federales de Innovación Productiva. Eslabonamientos productivos vinculados (PFIP-Espro) y la idea es diseñar y fabricar prototipos tecnológicos que puedan ser utilizados como herramientas de trabajo en centros de rehabilitación de niños con patologías neuromotrices. De esta manera, se podrá acceder a tecnologías que en el mercado nacional e internacional posee un elevado costo o pueden no existir. Además, se conforma un grupo de profesionales calificados locales.

El director del proyecto es el bioingeniero Juan Manuel Reta y el desarrollo estuvo a cargo del emprendedor tecnológico y bioingeniero Alejandro Bisi.

Al respecto, Reta sostuvo que “en ese tipo de tecnología hay que tener en cuenta que los dispositivos tienen que asistir a la discapacidad que tenga el niño, pero también tiene que servir como elemento de rehabilitación porque están en etapa de desarrollo”. Aseguró que “hay oferta en el país, pero la mayoría son dispositivos importados. Lo que nos llega es estándar y mucho más oneroso. Lo distintivo de esta iniciativa es que se puede desarrollar tecnología diseñada para la persona tal como se estila en todas partes del mundo, pero con la empresa arraigada en el lugar”, acotó.

“La idea es potenciar socialmente este emprendimiento y que esté disponible al costo que la gente lo pueda pagar, además de formar un equipo de trabajo “, insistió el bioingeniero.

“Un rasgo distintivo de este proyecto es que cuenta con financiamiento estatal y encuadra una iniciativa del graduado Alejandro Bisi”, indicó al recordar que “él empezó a trabajar en esta tecnología hace bastantes años y cuando se graduó lo presentó como proyecto final. Trabajó en la formulación del proyecto y demás, y la institución lo que le brinda es un paraguas para poder desarrollar este proyecto y transferir eso a la sociedad a través de una empresa de base tecnológica que esperamos que la forme él”, remarcó.

En tanto, el bioingeniero y emprendedor tecnológico Alejandro Bisi detalló que “el proyecto prevé el desarrollo de una silla de rueda motorizada, un bipedestador que es como una silla pero para estar en una posición vertical y que permite trasladarse, y el auto eléctrico que tiene la funcionalidad más de rehabilitación que de traslado”.

En cuanto al bipedestador específicamente, Bisi explicó que “es una estructura que permite mantener erguida a una persona que por los propios medios no puede hacerlo. Tienes sujeciones en los tobillos, las rodillas, en la cadera y en algunos casos, dependiendo la patología, en el pecho para mantenerla parada. Se usa mínimamente una hora por día donde los padres o tutores tienen que mantenerlo parado al niño para evitar atrofias musculares, formación de escaras u osteoporosis, entre otras afecciones”. Explicó además que “mejora la irrigación sanguínea y la respiración”, además “del nivel psicológico que mejora mucho en el niño al verse en igualdad de condiciones frente al resto”.

A modo de cierre, Bisi dijo que “a futuro apuesto al apoyo institucional tanto de la universidad como del gobierno provincial para poder quedarme en la capital entrerriana y montar el empresa”.

La iniciativa

El proyecto se propone varios objetivos. Entre los objetivos específicos están los tres prototipos mencionados, además de la conformación de un grupo calificado de profesionales. Entre los propósitos tecnológicos, se plantea el desarrollar tecnología local de mayor accesibilidad, y el brindar la posibilidad de fabricar prototipos a medida para casos particulares donde los productos ofrecidos en el mercado no se adecuan a la necesidad puntal.

La iniciativa también prevé objetivos de transferencia tecnológica, y tiene que ver con la posibilidad que cinco centros de rehabilitación de Paraná y zona accedan al menos a un prototipo, como así también con que cada prototipo pueda satisfacer las necesidades para las cuales fue creado.

El brindar posibilidades laborales a profesionales locales de diversas áreas y ampliar la oferta local para los profesionales son parte de los propósitos socioeconómicos que se propuso el proyecto.

Para cumplir estos objetivos, profesionales, investigadores y emprendedores harán el diseño y desarrollo del plan comercial, relevarán datos de los centros de rehabilitación, buscarán patentes y normativas vigentes relacionadas a los prototipos a desarrollar, se capacitarán e implementarán el sistema de gestión de la innovación, y analizarán el mercado para definir una estrategia comercial. Además, simularán un diseño en software y lo adecuarán a las necesidades del proyecto. Harán pruebas, luego de la puesta a punto de las estructuras y la incorporación de la placa electrónica.

La etapa final prevé la entrega de prototipos, la capacitación y entrenamiento de uso al personal y las pruebas de verificación conjunta

La convocatoria

Los Proyectos Federales de Innovación Productiva. Eslabonamientos Productivos Vinculados (PFIP-ESPRO) son iniciativas de innovación productiva y transferencia de conocimientos cuyas Ideas-Proyectos (IP) responden a Demandas de innovación tecnológicas.

El objetivo es dotar de mayor competitividad a los sectores productivos provinciales, a partir de la identificación de oportunidades de mejora que implican la existencia de demandas de innovación tecnológica cuya satisfacción exige un esfuerzo innovador en sectores o actores del sistema productivo y científico-tecnológico.

El sábado comienza el cronograma de pagos y el 12 el aguinaldo

El gobierno de la provincia dio a conocer este jueves el cronograma de pagos correspondiente a los haberes de junio que se extenderá hasta el 6 de julio. Además, el jueves 12 de julio comenzará a abonarse el Sueldo Anual Complementario (SAC).
“Contamos con un cronograma de pagos ordenado que le da previsibilidad y fundamentalmente seguridad a la familia de los trabajadores estatales entrerrianos”, resaltó el secretario de Hacienda de la provincia, Gustavo Labriola.
El funcionario también subrayó que la “estabilidad” del cronograma “es posible gracias al esfuerzo que viene haciendo el gobernador Gustavo Bordet por ordenar y hacer más eficiente y transparente la administración y en especial el gasto público”.

El cronograma emitido por el Ministerio de Economía es el siguiente:

Lunes 2 de julio: hasta 18.000 pesos (Se acredita el sábado 30 de junio.)

Martes 3 de julio: de 18.001 pesos a 22.000 pesos.

Miércoles 4 de julio: de 22.001 a 30.000 pesos.

Jueves 5 de julio: de 30.001 a 40.000 pesos.

Viernes 6 de julio: Más de 40.000 pesos y Funcionarios.

En cuanto al SAC, la secretaría de Hacienda informó que el jueves 12 de julio se abonarán los haberes hasta 7.000 pesos; el viernes 13, los que van desde los 7.001 pesos a los 13.000 pesos; y el lunes 16 de julio los que superan los 13.000 y funcionarios. Aunque este último tramo estará acreditado en los cajeros automáticos el sábado 14 de julio.

En ese marco, Labriola también resaltó que “para la gestión que conduce el gobernador Gustavo Bordet el trabajo es el principal organizador de la sociedad. De ahí el cuidado especial que venimos haciendo para contar con un cronograma estable, que brinde seguridad a las familias. A lo que se suman políticas estratégicas para dinamizar sectores claves de nuestra economía que generen más trabajo también en el ámbito privado”.






El presidente Macri visita este viernes Basavilbaso

En la víspera del Aniversario 131º de Basavilbaso, el mandatario inaugurará el NIDO del barrio Tolkachier. También estará en la ciudad el Gobernador, Gustavo Bordet.

Será el presidente de la Nacion, Mauricio Macri, quien encabezará, a las 13:45 horas, el acto inaugural “Núcleo de Innovación y Desarrollo de Oportunidades” (NIDO), ubicado en barrio Tolkachier de Basavilbaso.

El mandatario estará junto a gran parte del Gabinete, el Gobernador, Gustavo Bordet y el Intendente, Gustavo Hein.

Entre otras personalidades FM RIEL supo que Julián Weich, Embajador de UNICEF, participará de la ceremonia.

El NIDO incluye un edificio (ubicado entre calles Larrea, Blanché, Moreno y Cepeda) con aulas, espacios para talleres, consultorios, baños y un ámbito para dar contención a mujeres víctimas de la violencia de género; un Salón de Usos Múltiples y un playón deportivo.

Previamante a su inauguración, a las 13:30 en Blanché y Moreno el Ministro de Agroindustria, Luis Miguel Etchevehere participará del acto de presentación de una máquina motoniveladora adquirida por el Municipio con aportes de su cartera.

Preocupa a Bordet la economía del país y pide responsabilidad y equidad con las provincias

El gobernador Gustavo Bordet estuvo en el mediodía de este miércoles en Concepción del Uruguay y, ante la consulta del periodismo local, manifestó su preocupación por la variables macroeconómicas, garantizó apoyo legislativo a las herramientas que Nación necesita para gobernar pero dejó el claro que es el gobierno nacional es que debe hacerse cargo y resolver los problemas de los argentinos.

“Estamos dispuestos a hacer los aportes necesarios, pero con responsabilidad, equidad y asumiendo el rol que a cada unos nos toque”, afirmó.

Fue en Concepción del Uruguay, donde fue consultado por la prensa local previo al cierre de la reunión plenaria del Comité para el Desarrollo de la Cuenca del Río Uruguay en la que el intendente de la localidad, José Lauritto, asumió la presidencia pro témpore del organismo de manos de su par de Paysandú, Guillermo Caraballo.

El mandatario también estuvo en la Universidad Tecnológica Nacional, donde entregó aportes a la Asociación de Apoyo a la Facultad Regional Concepción del Uruguay por un millón de pesos que serán destinados a obras, y a instituciones, municipios y juntas de gobierno del departamento.

“Estamos muy preocupados por las variables macroeconómicas a nivel nacional. Venimos equilibrando la provincia y estamos muy cerca después de haber venido con un déficit estructural muy grande, y el horizonte que tenemos por delante es complejo”, expresó Bordet.

Se refirió a la reunión que mantuvo en las últimas horas con un grupo de gobernadores del justicialismo con quienes coincidió en darle al gobierno nacional apoyo legislativo a las herramientas que necesita para la gestión. “Pero nosotros no co-gobernamos, el que gobierna es el gobierno nacional y por lo tanto tiene que hacerse cargo de los errores y resolver los problemas de los argentinos”, manifestó.

“Entendemos que hay metas fiscales que tienen que alcanzarse, pero queremos que en la consecución de esas metas fiscales exista un criterio de equidad. Estamos dispuestos a hacer un esfuerzo, pero tiene que ser equitativo”, insistió. “Entendemos que nos tiene que ir bien a todos los estamentos de gobierno porque en definitiva le va bien a la gente que es para los que estamos y para lo que nos votaron”, aseveró. Fuente 03442

martes, 26 de junio de 2018

El Instituto Becario anunció un nuevo cronograma de pagos

Este miércoles iniciará un nuevo cronograma de pagos de becas provinciales, el segundo en el corriente mes. Percibirán el beneficio otros 3.500 estudiantes, para sumar 24.000 en toda la provincia. Se percibe a través del cajero automático, por finalización de DNI.

El Instituto Autárquico Becario Provincial anunció el cumplimiento de un nuevo cronograma de pagos, para estudiantes de todos los niveles y programas.

Desde este miércoles 27 y hasta el martes 3 de julio los beneficiarios recibirán el pago en su cuenta dependiendo de la finalización de documento. Una vez depositado, el alumno escogerá el cajero y horario más cómodo para retirar su dinero. Cabe señalar que se sugiere la extracción en el Banco Entre Ríos, ya que operar en otras entidades conlleva gastos por comisión que se descuentan de la beca.

Cabe señalar que hay dos situaciones distintas en el mismo cronograma. Quienes presentaron su solicitud de renovación y cuentan con el plástico sólo deben acercarse a su sucursal a cobrar. Quienes aún no recibieron la Tarjeta deberán, primero, acercarse con su DNI y el del titular si el alumno es menor de edad, para que el banco le otorgue el débito que fuera gestionado por el Instituto Becario. Una vez concretada esa operación, empezará a percibir el beneficio con normalidad a través del cajero automático.

En este cronograma intermedio se abonarán 3500 becas, totalizando hasta la fecha 24.000 en toda la provincia. Mientras tanto, el equipo continúa con la evaluación de solicitudes para ampliar el listado en el próximo cronograma de julio.

Cronograma intermedio

Fecha Finalización DNI
Miércoles 27/6 0 y 1
Jueves 28/6 2 y 3
Viernes 29/6 4 y 5
Lunes 2/7 6 y 7
Martes 3/8 8 y 9

(Prensa Instituto Becario)


Nueva Temporada del Torneo federal para Regatas Uruguay y con caras distintas

Luego de la temporada 2017-2018 en la que Regatas Uruguay finalizó en el primer puesto de la fase regular en la División Mesopotamia, y alcanzó los cuartos de final en los Play Off Nacionales quedando fuera en el quinto juego frente a River Plate; renovando ilusiones, se prepara para la que viene …

En esta , su octava temporada busca sostener el excelente trabajo realizado de cara a otro nuevo desafío.

Para ello, contrató nuevamente a Santiago Rimoldi como DT; y como primera instancia, siguiendo la política de la institución, de arreglar con los jugadores del Club; renovó sus vínculos con Agustín Aguirre, quién defenderá la CELESTE por su octavo año consecutivo.

Otro jugador que se incorpora a las filas de Rimoldi es el ala pivot de 2.00 mts – Facundo Mendoza, con una extensa trayectoria deportiva, puesto que si de experiencias hablamos podemos citar su paso por Unión Vecinal La Plata (Temporada 04/05 – 05/06), OTC Oberá Misiones (Temporada 06/07 – 07/08 – Campeón Zona Norte y ascenso al TNA – 11/12), Estudiantes de Concordia (Temporada 08/09 – 09/10 – 10/11), Estudiantes de Olavarría (Temporada 12/13), Rocamora (Temporada 13/14), La Unión de Colón (Temporada 14/15 – 15/16 – 16/17 – 17/18).

Augurando su anhelo de “cumplir junto a todo el equipo las expectativas del club, cuerpo técnico, dirigentes e hinchas”.

Se alistan más nombres de importancia para integrar el plantel, sólo nos encontramos a la espera de acuerdos económicos y confirmación de los jugadores. FUENTE 03442

Rusia 2018: Argentina enfrenta a Nigeria y se juega la clasificación a octavos de final

El equipo nacional necesita ganar y esperar que Islandia no se impongan ante Croacia. Habrá regreso de los históricos y cambio de esquema. El partido se juega en el Saint Petersburg Stadium, desde las 15 de nuestro país.

Llegó la hora de la verdad. Ya quedaron atrás los malos resultados conseguidos ante Islandia y Croacia. También deben ser parte del pasado las internas entre los jugadores y el cuerpo técnico. Es momento de tirar todos para adelante e ir por la clasificación a los octavos de final del Mundial de Rusia 2018.

Esta tarde, la Selección argentina cerrará su participación en el Grupo D frente a un viejo conocido como es Nigeria y necesita una victoria para no volverse a casa en la primera ronda de la competencia.

Luego del 0-3 sufrido ante Croacia, el conjunto nacional volverá a la línea de 4 en el fondo. Además, habrá varias modificaciones en el 11 inicial: se destacan el ingreso de Franco Armani en lugar de Willy Caballero en el arco y el regreso de varios históricos como Marcos Rojo, Éver Banega, Ángel Di María y Gonzalo Higuaín.

Por su parte, Enzo Pérez, que quedó en duda al acusar una molestia en el glúteo, presenta una alentadora evolución y el cuerpo técnico cree que llegará sin problemas para enfrentar a Nigeria, aunque recién lo terminará de definir horas antes del encuentro.

Según los últimos ensayos que realizó el conjunto nacional, el entrenador apostará por una alineación cuyo promedio de edad oscila los 30 años: Franco Armani (31); Mercado (31), Otamendi (30), Rojo (28), Tagliafico (25); E. Pérez (32), Mascherano (34), Banega (30), Di María (30); Messi (31) e Higuaín (30). Solo Rojo y Tagliafico son más jóvenes.

El árbitro del partido
El turco Cuneyt Cakir será el encargado de impartir justicia en el duelo entre Argentina y Nigeria. Estará acompañado por sus compatriotas Bahattin Duran y Tarik Ongun, y el cuarto árbitro será el holandés Bjorn Kuipers.

Posibles formaciones:

Argentina: Franco Armani; Gabriel Mercado, Nicolás Otamendi, Marcos Rojo, Nicolás Tagliafico; Enzo Pérez, Javier Mascherano, Éver Banega; Lionel Messi, Gonzalo Higuaín y Ángel Di María. DT: Jorge Sampaoli.

Nigeria: Francis Uzoho; Kenneth Omeruo, William Troost-Ekong, Leon Balogun, Victor Moses, Brian Idowu; John Obi Mikel, Wilfred Ndidi, Oghenekaro Etebo; Ahmed Musa, Kelechi Iheanacho. DT: Gernot Rohr.

Árbitro: Cuneyt Çakir (Turquía).

Estadio: Saint Petersburg Stadium.

Hora de inicio: 15.00 hs.

TV: DirecTV, TV Pública y TyC Sports.

Fuente: superdeportivo.elonce
Argentina enfrenta a Nigeria y se juega la clasificación a octavos de final.

Detuvieron a José Escobar

El fiscal Juan Francisco Ramírez Montrull ordenó la detención del secretario de Medios y Comunicación de la Municipalidad de Paraná, José Escobar.

El funcionario  municipal fue acusado de “entorpecimiento de una medida judicial” en el marco de la investigación que se le sigue, destruyendo evidencia que lo comprometía a raíz de las denuncias de la viceintendenta Josefina Etienot y del periodista Daniel Enz.

José Escobar, detenido en la tarde de este lunes, pasará la noche detenido en la Alcaldía de Tribunales, a la espera de ser llevado a Tribunales para ser indagado y notificado de los cargos. Fuente 03442

lunes, 25 de junio de 2018

Comenzó la inscripción para postulantes a censistas, supervisores y auxiliares del Censo Nacional Agropecuario 2018

Entre el 25 de junio y el 12 de julio se realizará la inscripción on line para los postulantes a censistas, auxiliares y supervisores que desarrollarán el Censo Nacional Agropecuario 2018 entre los meses de septiembre y noviembre.

El director General de la Dirección General de Estadística y Censos de Entre Ríos organismo, Omar Izaguirre; y la Directora Coordinadora, Rosario Burgos; junto a Pablo Fontanini, Coordinador del Censo Nacional Agropecuario 2018 en nuestra provincia, informaron que desde este 25 de junio y hasta el 12 de julio del corriente, se realiza la inscripción on line desde el sitio web del organismo https://www.entrerios.gov.ar/dgec/cna2018/ para los postulantes a censistas (155 vacantes), auxiliares (cinco vacantes) y supervisores (27 vacantes) que desarrollarán el Censo Nacional Agropecuario 2018 entre los meses de septiembre y noviembre.

Se espera que los postulantes sean egresados o estudiantes avanzados de carreras técnicas y universitarias como agronomía, veterinaria, ingeniería forestal, agrimensura, geografía, o similares, egresados de colegios secundarios con orientación agropecuaria, con conocimientos y experiencia en el sector rural. Se solicita además que tengan conocimiento de la estructura agraria y modalidades productivas de su zona de trabajo, además de buen manejo de dispositivos electrónicos (PC, tablets), de navegación por Internet, aplicaciones de cartografía digital, uso de GPS, Google Earth o Google Maps.

A diferencia de censos anteriores, el CNA 2018 se realizará con tabletas digitales y una aplicación desarrollada específicamente para el trabajo de campo, que no sólo gestionará el ingreso de los datos de manera ágil y su procesamiento en tiempo real, sino que además servirá de asistencia al censista en caso de dudas e inconsistencias al momento de la entrevista.

Con los resultados que se obtengan del operativo se espera desarrollar fuentes de información actualizada y fidedigna, para diseñar e implementar políticas públicas, fortalecer la competitividad del sector privado y mejorar el conocimiento de la sociedad acerca de la actividad del sector. A partir de la implementación de las nuevas tecnologías, se estima que para comienzos del año 2019 se estarían publicando las primeras cifras.


Nueva donación de órganos y tejidos en Concepción del Uruguay

Cuatro personas en listas de espera del Incucai accederán a trasplantes renales y de córneas. El décimo operativo de donación de órganos y tejidos del año se realizó en el hospital Justo José de Urquiza, de Concepción del Uruguay.

En el marco del décimo procedimiento de donación multiorgánica del año en Entre Ríos, que se suma a otras 19 donaciones sólo de tejidos (córneas), cuatro pacientes en lista de espera del Instituto Nacional Central Único Coordinador de Ablación e Implante (Incucai) se benefician con trasplantes renales y de córneas.

El operativo fue llevado a cabo en el hospital Justo José de Urquiza por la Unidad Coordinadora de Concepción del Uruguay, una de las seis que integran la Red Entrerriana de Trasplantes del Centro Único Coordinador de Ablación e Implante de Entre Ríos (Cucaier), dependiente del Ministerio de Salud.

Los cirujanos locales realizaron las ablaciones renales y de córneas que posibilitarán los trasplantes asignados por el Incucai. Cabe destacar que de no existir a nivel nacional casos de emergencia, tienen prioridad los pacientes en lista de espera que residen en la provincia que llevó a cabo el proceso.

La voluntad de donar de otra familia entrerriana brinda calidad de vida a cuatro personas.

El Colegio de Corredores Inmobiliarios de Entre Ríos provincia en contra de medidas tomadas

El Colegio de Corredores Públicos Inmobiliarios de Entre Ríos cuestionó “la intención del Concejo Deliberante de Gualeguaychú de modificar el Código Tributario de la localidad, relativo a la Tasa General Inmobiliaria y por otra parte, la intención de crear un Banco de Tierras”, mediante un mecanismo al que consideraron que “se trataría de una confiscación de bienes, ilegal e inconstitucional”.

Al tomar conocimiento sobre las iniciativas que se impulsan y que tendrían tratamiento en el Honorable Concejo Deliberante de Gualeguaychú, desde el Colegio enviaron una nota al presidente del cuerpo, Jorge Maradey, que fue firmada por 30 corredores de la ciudad, en la que sientan posición sobre estas temáticas.

Con respecto a las modificaciones que se pretenden realizar a la ordenanza tributaria , desde el Colegio recordaron que “la ley nacional 27429 a la cual adhirió la provincia de Entre Ríos mediante la ley provincial 10557, por si y en representación de todos los municipios, establece “promover la adecuación de las tasas municipales aplicables en las respectivas jurisdicciones de manera tal que se correspondan con la concreta, efectiva e individualizada prestación de un servicio y sus importes guarden una razonable proporcionalidad con el costo de este último, para cumplir con lo establecido en la Constitución Nacional””.

“Es decir, que las provincias en representación de los Municipios de cada Provincia, y la Nación, establecieron que las tasas municipales tienen como hecho imponible la prestación concreta, efectiva e individualizada de un servicio y que los municipios pueden reclamar como importe por la prestación del mismo, una suma de dinero equivalente a su costo, abandonado el concepto de capacidad contributiva, para reemplazarlo por el concepto de costo del servicio”, aclararon.

Además, “el articulo 15 de la ley 10027 –Orgánica de Municipios- dispone expresamente que “los tributos municipales respetaran los principios constitucionales y deberán armonizarse con el régimen impositivo del gobierno provincial y federal”, apuntaron desde la entidad y resumieron: “en definitiva esto no es más que el reflejo del artículo 244 de la Constitución de Entre Ríos que establece tales requisitos”.

En este sentido, recordaron que “desde la sanción de la ley 10557, cualquier ordenanza municipal que tenga por objetivo modificar las normas vigentes, en materia de tasas, debe estar direccionada a respetar los contenidos establecidos en estas dos últimas normas”.

Por estos motivos, consideraron que “el proyecto de Ordenanza Municipal que se busca tratar en el Concejo, se aparta de las obligaciones emergentes de la normativa mencionada, pues enfoca la modificación de la ordenanza tributaria parte general sobre aspectos vinculados a la capacidad contributiva cuestión que ha sido desarraigada totalmente del derecho municipal, dado que, desde enero de 2018, cualquier tasa sigue la línea establecida en la norma citada, es decir que no se puede calcular ni la tasa ni la alícuota de la misma por el valor fiscal del inmueble o por su ubicación, o por su destino, sino por el precio de costo del servicio, y por la prestación efectiva, concreta e individualizada del mismo”.

Respecto a esta cuestión, señalaron también que “la pretensión de que en cada loteo sometido a aprobación municipal, se deba donar un 12 por ciento del mismo, para un Banco de Tierras Municipal, viola las normas que se citaron anteriormente y se trata de una confiscación de bienes, ilegal e inconstitucional contraria el art. 17 de la Constitución Nacional”.

Por tanto, advirtieron que “si el Municipio desea formar un Banco de Tierras con propiedades particulares, debe acudir a los métodos legales de expropiación establecidos en las normas legales vigentes”, y aclararon: nos parece correcto que en un loteo con fines de urbanización se exija -para su aprobación- la donación del seis por ciento para espacios públicos, pues ello responde al fin social de una propiedad privada establecido en el artículo 23 de la Constitución de Entre Ríos, pero la pretensión de que el propietario deba donar un 12 por ciento para formar un Banco de Tierras, no es lo mismo y es absolutamente ilegal e inconstitucional”.

“Un Banco de Tierras se debe hacer expropiando bienes, y no confiscando los mismos ya que nadie puede ser obligado a donarle al municipio un porcentaje de tierras para obtener la aprobación de un loteo, ya que eso es una actitud reñida y prohibida por el artículo 17 de la Constitución Nacional”, dijeron desde la entidad que agrupa a los Corredores Inmobiliarios de Entre Ríos y  opinaron que “estamos de acuerdo en que la política de acceso a vivienda es un derecho constitucional de todos, pero cuando la constitución se refiere a “vivienda digna” esta haciendo hincapié en las características propias de la vivienda y eso nada tiene que ver con la formación de un banco de tierras. Desde luego que la tierra es el lugar de comienzo de construcción de la vivienda, pero siempre se deben seguir los caminos legales y constitucionales y no mediante la extorsión publica al propietario que esta determinado a efectuar un loteo o que detenta el bien con otros fines”, finalizaron.

AUDIENCIAS PUBLICAS DESARROLLADA EN TRIBUNALES DE ROSARIO DEL TALA

Se han desarrollado en Tribunales de Rosario del Tala las siguientes  Audiencias que comprenden los dias 14 de junio al 22 de junio


Acta audiencia revisión de medidas sustitutivas de prisión preventiva -art. 349 del C.P.P.E.R.-por vencimiento:
En la ciudad de Rosario del Tala, Provincia de Entre Ríos, a los catorce  días de junio de dos mil dieciocho, siendo la hora nueve y cuarenta minutos, en el marco del Legajo Nº 775 Año 2.018, caratulado "C/ ZAPATA, José Carlos S/ LESIONES GRAVISIMAS DOLOSAS AGRAVADAS, Art. 91, 92 y 80 incs. 1º y 11 del C.P. (UFI Nº 4869)", se constituye en la sala de audiencias del Juzgado de Garantías y Transición se constituye S.S. Dra. Silvina Graciela Cabrera, Juez de Garantías, ante quien comparecen el imputado José Carlos Zapata, asistido en este acto por su defensor técnico, Dr. Mario Ignacio Arcusin, el querellante particular y actor civil, Dr. Claudio Manfroni Reynoso, quién no se encuentra por audiencias asumida con anterioridad y el representante del Ministerio Público Fiscal, Dr. Samuel Rojkin, Agente Fiscal, a los fines de llevar adelante la presente audiencia programada para el día de la fecha atento operar el vencimiento de las medidas sustitutivas de prisión preventiva que pesan sobre el imputado y se hace saber el vencimiento de la vigencia de prórroga de investigación penal preparatoria.- Abierto el acto por S.S. y explicado el cometido de la presente,  otorga el uso de la palabra al Agente Fiscal quien manifiesta que se ha ampliado la apertura de causa y recaratulado el legajo, habiéndose morigerado la calificación legal a lesiones graves calificadas por el vínculo y violencia de genero y que, dado que en fecha 16/03/2.018 se le tomó la declaración como imputado por lo que en fecha 16/06/18 vencería la prorroga de la I.P.P., solicitando la prórroga por noventa días y respecto de las medidas sustitutivas solicita la prórroga, solicita su prórroga por sesenta días aclarando lo que estima y que se arribará a un acuerdo de juicio abreviado con las partes que se presentará antes de vencer la prórroga de las medidas solicitadas. Seguidamente  se concede el uso de la palabra a la defensa técnica del imputado que manifiesta que no se opone a lo solicitado por el Dr. Samuel Rojkin, haciendo las aclaraciones y dando sus fundamentos. Oído lo cual, S.S. Resuelve:   I.- HACER LUGAR  a lo interesado por las partes y CONCEDER prórroga de la I.P.P. por el término de noventa (90) días a partir de fecha 16 de Junio, cuyo vencimiento operaría el 14 de septiembre del año en curso, conforme Art. 223 del C.P.P.E.R..- II.- Hacer lugar a la solicitud interesada por el Ministerio Público Fiscal, conformada por la defensa técnica del imputado y, en consecuencia, mantener la libertad oportunamente dispuesta respecto del imputado José Carlos Zapata,  D.N.I. Nº 27.570.100, de nacionalidad argentino, de 37 años de edad, de estado civil soltero..., de ocupación changarín, con domicilio real en calle  Remedios de Escalada S/Nº de Basavilbaso, Departamento Uruguay, que ha nacido en Basavilbaso, Departamento Uruguay, el día 2/06/1980, con estudios primarios completos, quien manifiesta que ha residido en esa Basavilbaso y desde hace un tiempo en Rosario del Tala, quien manifiesta que carece de antecedentes penales anteriores, hijo de Leonora Ceballos, ama de casa, domiciliada en calle Remedios de Escalada S/Nº de Basavilbaso y de Juan Carlos Zapata (f.), teléfono Nº 0344515410064 (secuestrado), con domicilio procesal en calle 1º de Mayo y 25 de Mayo (Colegio de Abogados seccional Tala) de Rosario del Tala, y ordenar la prórroga de las siguientes medidas sustitutivas de prisión preventiva, a saber: a) tener por constituído domicilio en la vivienda sita en calle Remedios de Escalada S/Nº de la ciudad de Basavilbaso, Departamento Uruguay (donde reside su madre Leonora Ceballos), el que no podrá variar sin la debida autorización judicial; b)  la obligación de presentarse semanalmente ante la Comisaría de la localidad de Basavilbaso o dependencia policial más cercana a su domicilio, organismo que deberá remitir a esta sede  periódicamente las debidas constancias, dejando sin efecto la presentación diaria; c) la estricta prohibición de mantener cualquier tipo de contacto por si o por interpósita persona y por cualquier medio o vía y de acercarse a una distancia menor a doscientos metros respecto de...  conforme art. 349 in. g) y f) del C.P.P.E.R.; c) la prohibición de salir del país sin la debida y previa autorización judicial, conforme art. 349 inc. d) del C.P.P.E.R.; d) la prohibición de ingresar a Rosario del Tala, a excepción de ser convocado por autoridades judiciales de esta jurisdicción. III.- Establecer como término de vigencia de las medidas de coerción precedentemente ordenadas el de sesenta (60) días a computar desde el día de la fecha, cuyo vencimiento operará en fecha 13 de agosto de  2018.- IV.- Librar oficio a la Comisaría de Basavilbaso y a la Jefatura Departamental de Policía a los fines de hacer saber lo resuelto, garantice el efectivo cumplimiento de las medidas impuestas en este acto y articule la notificación personal a...  V.- Comunicar al Juzgado de Familia y Penal de Niños y Adolescentes de esta jurisdicción para hacer saber lo resuelto en la presente. VI.- Labrar acta conforme art. 351 de C.P.P.E.R. VII.- Tener presente lo manifestado por el representante del Ministerio Público Fiscal con respecto a la modificación de la apertura de causa y de la calificacion legal -lesiones graves calificadas por el vínculo y por haber mediado violencia de género-, recaratulándose el presente legajo.- VIII.- Notificar al querellante particular.- IX.- Regístrese. Con lo que no siendo para más se da por terminado el acto, labrándose la presente que previa lectura y ratificación es firmada por S.S. y los presentes, reservándose copia en soporte digital en la Oficina Judicial.--( Fdo. y sellado  ) Dra. Silvina G. Cabrera - Juez de Garantías y Transición.-
                                                                                                   

Acta audiencia sobre medidas Art. 349 del C.P.P.E.R..-
En la ciudad de Rosario del Tala, Provincia de Entre Ríos, a los dieciocho días del mes de Junio de dos mil dieciocho, siendo la hora nueve y   treinta y cinco  minutos,  se constituye en la sala de audiencias del Juzgado de Garantías, S.S., Dra. Silvina Graciela Cabrera, Juez de Garantías de esta jurisdicción, en el marco del Legajo Nº 766 Año 2.018 caratulado "GRASSO, Nicolás Orlando S/ AMENAZAS (UFI Nº 4.772)" ante quien comparecen el imputado  Héctor Domingo Grasso, asistido en este acto por la representante del Ministerio Público de la Defensa, Dra. Debora Vanesa Cosatti y la representante del Ministerio Público Fiscal, Dra. Emilce Reynoso - Fiscal Auxiliar, a los fines de llevar adelante la presente audiencia programada para el día de la fecha atento operar el vencimiento de las medidas sustitutivas de prisión preventiva que pesan sobre el encartado y asimismo estaría en termino de la I.P.P..  Abierto el acto por S.S. y explicado el motivo de la presente,  otorga el uso de la palabra a la  Fiscal Auxiliar, Dra. Emilce Reynoso quien manifiesta que interesa la prórroga de la investigación penal preparatoria por el termino de 60 días, atento que en fecha 20/03 se le tomó la declaración como imputado y la prórroga de la medidas sustitutivas por el término de treinta días. Seguidamente se concede el uso de la palabra a la defensa técnica quien expone que no tiene objeciones que formular respecto del plazo de la I.P.P., y de las medidas de sustitución preventivas, si solicita la morigeración de una de las medidas solicitadas, siendo la de presentación semanal por presentación en forma quincenal, dando sus fundamentos. Seguidamente se le condece la palabra a la Sra. Fiscal Auxiliar quién manifiesta no tener objeciones a lo solicitado por la defensa. Oído lo cual, S.S. Resuelve:  I.- HACER LUGAR  a lo interesado por las partes y CONCEDER prórroga de la I.P.P. por el término de sesenta  (60) días a partir de fecha 20 de Junio, cuyo vencimiento operaría el  19 de agosto del año en curso, conforme Art. 223 del C.P.P.E.R..- II.- Hacer lugar a la solicitud interesada por el Ministerio Público Fiscal y conformado por la defensa técnica y, en consecuencia, ordenar respecto del imputado  Héctor Domingo Grasso, cuyos demás datos personales obran en la presente acta, la prórroga de las siguientes medidas sustitutivas de prisión preventiva, a saber: a)  la obligación de presentarse quincenalmente ante la Comisaría de Pronunciamiento, dpto. Uruguay, organismo que deberá remitir de manera periódica las constancias respectivas a esta sede, conforme art. 349 inc. c) del C.P.P.E.R., dejando sin efecto la presentación diaria; y b) la estricta prohibición de  acercarse y de mantener cualquier tipo de contacto y por cualquier vía, personal, telefónica, por redes sociales y/o postal, respecto del denunciante Nicolás Orlando Grasso, D.N.I.Nº 20.886.576, y su grupo familiar, como de acercarse a una distancia menor a 200 metros de su domicilio sito en calle Nº 1 S/Nº de Durazno, dpto. Tala, como de la finca rural de su propiedad sita en zona rural de Durazno, a cinco km. de Guardamonte, dpto. Tala, y demás lugares de concurrencia habitual del denunciante pre nombrado.- III.- Establecer la vigencia de las medidas impuestas en el de treinta (30) días a computar desde el día de la fecha  cuyo vencimiento operará en fecha 18 de julio de 2018.  IV.- Labrar el acta pertinente conforme art. 351 del C.P.P.E.R.- V.- Librar los oficios pertinentes tanto a la Comisaría de Gdor. Maciá para hacer saber lo resuelto y la notificación al denunciante, como a la Comisaría de Pronunciamiento a los fines establecidos en el punto I de la presente.- VI.- Regístrese y publíquese. Con lo que no siendo para más se da por terminado el acto, labrándose la presente que previa lectura y ratificación es firmada por S.S. y los presentes, reservándose copia en soporte digital en la Oficina Judicial.- ( Fdo. y sellado  ) Dra. Silvina G. Cabrera - Juez de Garantías y Transición.-

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Acta audiencia de revisión de prisión preventiva -art. 353 del C.P.P.P. por vencimiento:
En la ciudad de Rosario del Tala, Provincia de Entre Ríos, a los dieciocho días del mes de junio  de dos mil dieciocho, siendo la hora diez y  cinco minutos, en el marco del Legajo Nº 728 Año 2017, caratulado "C/ GUZMAN, Víctor Daniel S/ ABUSO SEXUAL CON ACCESO CARNAL COMETIDO EN PERJUICIO DE MENOR DE EDAD APROVECHANDO EL AUTOR LA SITUACIÓN DE CONVIVENCIA PREEXISTENTE ENTRE AMBOS, ARTS. 118 Y 119 PARRAFOS SEGUNDO Y TERCERO INC. F) DEL C.P.A. (UFI Nº 4.621)", se constituye en la sala de audiencias del Juzgado de Garantías y Transición se constituye S. S. Dra. Silvina Graciela Cabrera, Juez de Garantías, ante quien comparecen el detenido Víctor Daniel Guzmán, asistido en este acto por su defensor técnico, Dr. Lucio Salisky, la representante del Ministerio Público Fiscal, Dra. Emilce Reynoso y la representante del Ministerio Pupilar, Dra. Debora Vanesa Cosatti, a los fines de llevar adelante la presente audiencia programada para el día de la fecha atento operar el vencimiento de la prisión preventiva que pesa sobre el encartado en el día de la fecha. Abierto el acto por S.S., y explicado el cometido de la presente, concede el uso de la palabra a la  Fiscal Auxiliar  quien manifiesta que solicita la prórroga de la investigación penal preparatorio, atento que en fecha 19/03/18 se le tomó la ùltima declaración como imputado por el término de 90 días y solicita se ordene la prórroga de la prisión preventiva, por el término de sesenta días exponiendo lo que estima y hace saber de las medidas probatorias restantes, habiéndose tratado con el defensor del imputado la posibilidad de un acuerdo de juicio abreviado. Acto seguido se otorga el uso de la palabra a la representante del Ministerio Pupilar quien hace saber sobre los detalles  respecto de los niños víctimas.  A su turno se otorga el uso de la palabra a la defensa técnica del imputado quien expresa que no tiene objeciones que formular respecto de la I.P.P., si objeta el plazo por el que interesa la prisión preventiva, dando su fundamento y solicitando se prorrogue la prisión preventiva por un plazo menor, se solicita la autorización para quedarse en las dependencias policiales por acercamiento. Oído lo cual, S.S. Resuelve: I- HACER LUGAR  a lo interesado por las partes y CONCEDER prórroga de la I.P.P. por el término de noventa  (90) días a partir de fecha 19 de Junio próximo, cuyo vencimiento operaría el 17 de septiembre del año en curso, conforme Art. 223 del C.P.P.E.R. II.- Hacer lugar parcialmente a la solicitud interesada por el Ministerio Público Fiscal y conformado por la defensa técnica y, en consecuencia, ordenar la prórroga de la prisión preventiva de Víctor Daniel Guzmán, sin sobrenombres, D.N.I. Nº 40.166.828, domiciliado en calle Rebagliatti Nº 326 de Rosario del Tala, de 22 años de edad, estado civil soltero, nacido en Rosario del Tala, en fecha 2/7/1995, con estudios primarios incompletos (5º), que sabe leer y escribir, de ocupación albañil,  hijo de  Francisca Guzmán, ama de casa, domiciliada en calle Rebagliatti, no recordando numeral, de Rosario del Tala, quien manifiesta no contar con antecedentes penales anteriores y que ha residido en Pronunciamiento y Altamirano, con domicilio procesal constituído en calle Almte. Brown Nº 24 1º piso, teléfono no tiene,  por el plazo de treinta  (30) días a computar desde el día 18 de junio de 2018, cuyo vencimiento operará en fecha 18 de Julio de 2018, conforme Art. 353 sstes. y cdtes. C.P.P., y en relación al delito de abuso sexual con acceso carnal cometido en perjuicio de menor de edad aprovechando el autor la situación de convivencia preexistente entre ambos (dos hechos) en concurso real y abuso sexual simple agravado  cometido en perjuicio de menor de edad aprovechando el autor la situación de convivencia preexistente entre ambos,  ordenándose su oportuno  traslado a la Unidad Penal Nº 4 Justo José de Urquiza de Concepción del Uruguay,  conforme lo dispuesto en el punto siguiente, para mantener allí su alojamiento a disposición de este Juzgado, de conformidad a lo dispuesto en el punto tercero del Acuerdo General Nº 1/15 del Excmo. Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos, de fecha 05/02/2.015, conforme las particularidades del punto siguiente, librandose el oficio correspondiente.- III.- Hacer lugar a lo interesado por la defensa técnica del imputado y en consecuencia autorizar el alojamiento del imputado en las  dependencias de la Jefatura Departamental de Policía por acercamiento familiar por el plazo de cinco días a partir del día de la fecha, debiendo ser trasladado al concluir dicho plazo a la Unidad Penal Nº 4 de Concepción del Uruguay de conformidad a las disposiciones previstas en el punto precedente. IV.- Tener presente lo manifestado por el Ministerio Pupilar respecto de la intervención con los menores víctimas. V.- Librar oficio a la Unidad Penal Nº 4 Justo José de Urquiza de Concepción del Uruguay para hacer saber lo resuelto en la presente.  VI.- Regístrese y publíquese. Con lo que no siendo para más se da por terminado el acto, labrándose la presente que previa lectura y ratificación es firmada por S.S. y los presentes, reservándose copia en soporte digital en la Oficina Judicial.-( Fdo. y sellado  ) Dra. Silvina G. Cabrera - Juez de Garantías y Transición.-

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Acta audiencia de revisión de prisión preventiva -art. 353 del C.P.P.P. por vencimiento:
En la ciudad de Rosario del Tala, Provincia de Entre Ríos, a los dieciocho días del mes de junio  de dos mil dieciocho, siendo la hora diez y cuarenta y cinco  minutos, en el marco del Legajo Nº 765  Año 2018 caratulado "C/ VILLAVERDE Marcelo Fabián S/ Amenazas y Lesiones Simples (UFI Nº 5062) y acumulado Legajo Nº 765 Año 2.018 caratulado "C/ VILLAVERDE, Marcelo Fabián S/ Desobediencia Judicial (UFI Nº 4.817) y acumulado Legajo Nº 760 Año 2018, caratulado "C/ VILLAVERDE Marcelo Fabián S/ DESOBEDIENCIA JUDICIAL UFI Nº 4.796)", se constituye en la sala de audiencias del Juzgado de Garantías y Transición se constituye S. S. Dra. Silvina Graciela Cabrera, Juez de Garantías, ante quien comparecen el detenido Marcelo Fabian Villaverde, asistido en este acto por su defensora técnica, Dra. Vanesa Cosatti, la representante del Ministerio Público Fiscal, Dra. Emilce Reynoso y la representante del Ministerio Pupilar, Dra. Lucila del Vall, a los fines de llevar adelante la presente audiencia programada para el día de la fecha atento operar el vencimiento de la prisión preventiva que pesa sobre el encartado en el día de la fecha, atento lo ordenado por la Sala del Tribunal de Juicios y Apelaciones de Concepción del Uruguay, dando los detalles respectivos. Abierto el acto por S.S., y explicado el cometido de la presente,  concede el uso de la palabra a la Fiscal Auxiliar quien manifiesta que no va a solicitar la prórroga del prisión preventiva, pero si va a solicitar medidas sustitutivas las que requiere que se ordene la presentación diaria en la Jefatura departamental local, la prohibición de mantener contacto con... Interesa se ordene la misma por el término de treinta  días. Seguidamente se otorga el uso de la palabra a la representante del Ministerio Pupilar, dando detalles de los menores victimas. Seguidamente se otorga el uso de la palabra a la representante del Ministerio Público de la Defensa quien manifiesta que no plantea objeciones respecto de la medida interesada. El imputado aclara que residirá en calle Rosados Nº 482 de esta ciudad. Oído lo cual, S.S. Resuelve: I.- Hacer lugar a la solicitud interesada por el representante del Ministerio Público Fiscal y conformado por la defensa técnica y, en consecuencia,  Disponer el cese de la prisión preventiva e inmediata libertad de  VILLAVERDE, Marcelo Fabián, D.N.I. Nº 25.877.545, alias "bocha", de nacionalidad argentina, de 39 años de edad, de estado civil soltero, de ocupación empleado Hospital San Roque de esta ciudad, domiciliado en  calle Rozados Nº 482 de esta ciudad, que ha nacido en Rosario del Tala en fecha 03/05/1977, que ha residido  siempre en esta ciudad, con estudios primarios completos, que sabe leer y escribir, quien manifiesta que no ha tenido causas penales, hijo de Mirta Godoy, de ocupación jubilada, domiciliada en calle Dr. Rozados Nº 482 de esta ciudad y de Segundo Gaspar Villaverde (f.), teléfono Nº 404797, con domicilio procesal en calle Almte. Brown Nº 24 1º piso de esta ciudad, ordenándose las siguientes medidas sustitutivas de prisión preventiva, a saber: a)  la presentación diaria en la Jefatura Departamental, organismo que deberá remitir de manera periódica las constancias respectivas a esta sede, conforme art. 349 inc. c) del C.P.P.E.R.; b) la estricta prohibición de mantener cualquier tipo de contacto y por cualquier vía, por sí o por interpósita persona respecto de ... y de concurrir a los lugares donde ellos frecuenten y/o se encuentren, conforme art. 349 inc g) del C.P.P.E.R..- II.- Establecer como plazo de vigencia de las presentes medidas sustitutivas de prisión preventiva  el de treinta  (30) días a computar desde el día de la fecha, cuyo vencimiento operará en fecha 18 de julio de 2018.- III.- Tener presente lo manifesado por la representante del Ministerio Pupilar.-  IV.- Librar los oficios pertinentes a la Jefatura Departamental de Policía para hacer efectiva la libertad ordenada, hacerle saber las medidas ordenadas para garantizar el efectivo cumplimiento y para requerir la notificación a las personas enunciadas en el punto I b). V.- Labrar acta conforme art. 351 del C.P.P.E.R. VI.-  Regístrese.  Con lo que no siendo para más se da por terminado el acto, labrándose la presente que previa lectura y ratificación es firmada por S.S. y los presentes, reservándose copia en soporte digital en la Oficina Judicial.-(Fdo. y sellado) Dra. Silvina G. Cabrera - Juez de Garantías y Transición.


Acta audiencia de modificación de medidas sustitutivas de prisión preventiva:
En la ciudad de Rosario del Tala, Provincia de Entre Ríos, a los diecinueve  días del mes de junio  de dos mil dieciocho, siendo la hora nueve  y cuarenta y cinco minutos en el marco del Legajo Nº 712 caratulado "C/ LOPEZ, Juan Carlos S/ ABUSO SEXUAL CALIFICADO POR ACCESO CARNAL (UFI Nº 4.523)", se constituye en la sala de audiencias del Juzgado de Garantías y Transición se constituye S. S. Dra. Silvina Graciela Cabrera, Juez de Garantías, ante quien comparecen el imputado Juan Carlos Lopez, asistido en este acto por su defensor técnico, Dr. Claudio Manfroni Reynoso, la representante del Ministerio Público Fiscal, Dra. Emilce Paola Reynoso y la representante del Ministerio Pupilar, Dra. Vanesa Cosatti, a los fines de llevar adelante la presente audiencia programada para el día de la fecha para dar tratamiento al vencimiento de las medidas sustitutivas de prisión preventiva  en el día de la fecha y haciendo saber que sería venidero el vencimiento de la prorroga de la investigación penal preparatoria. Abierto el acto por S.S. y explicado el cometido de la presente audiencia, concede el uso de la palabra a la representante del Ministerio Público Fiscal quien hace saber que solicita la prórroga de la investigación penal preparatoria por el plazo de 60 días dando sus fundamentos y de igual manera respecto a las medidas sustitutivas de prisión preventiva por igual término, dando sus detalles. Seguidamente se le concede la palabra a la representante del Ministerio Pupilar, manifestando todos los detalles del seguimiento del Area de la Niñez y detalles respecto de la menor víctima y su grupo familiar. Finalmente se le concede la palabra al señor defensor técnico, quién manifiesta que no tiene objeciones que formular a las prórrogas solicitadas, solicitando la morigeración de la presentación y solicitando sea cada quince días, dando sus fundamentos. Para finalizar se otorga la palabra a las demás partes las cuales no se oponen a lo manifestado por el defensor.  Oído lo cual, S.S. Resuelve:  I- HACER LUGAR  a lo interesado por las partes y CONCEDER prórroga de la I.P.P. por el término de sesenta (60) días a partir del próximo 24 de Junio, cuyo vencimiento operaría el próximo 23/08/2018, conforme Art. 223 del C.P.P.E.R. II.- Hacer lugar a la solicitud interesada por el representante del Ministerio Público Fiscal y conformado por la defensa técnica y  en consecuencia, mantener respecto del imputado Juan Carlos López, alias "Carlitos", D.N.I. Nº 39.262.781, de nacionalidad argentina, de estado civil soltero, que vive en concubinato con Micaela Barcala, de 21 años de edad, domiciliado en  establecimiento rural ubicado en Ruta Nacional Nº 14 km. 143, de la localidad de Arroyo Urquiza, Departamento Colón, provincia de Entre Ríos, nacido en esta ciudad, en fecha 13/06/1996, con estudios secundarios completos, de ocupación jornalero, hijo de Estela Beatriz Sanchez, ama de casa, domiciliada en calle 12 de Octubre y Jujuy de esta ciudad, y de Emilio Eloy López, desocupado, domiciliado en  calle Roque Saenz Peña Nº 833 de esta ciudad, que ha residido siempre en esta ciudad, quien manifiesta que carece de antecedentes penales, con domicilio legal constituído en calle Roque Saenz Peña Nº 282 de esta ciudad, teléfono de referencia  Nº 458637 (del padre), la libertad oportunamente dispuesta, ordenando la prórroga de las siguientes medidas sustitutivas de prisión preventiva, a saber: a) la constitución de domicilio en  establecimiento rural ubicado en Ruta Nacional Nº 14 km. 143, de la localidad de Arroyo Urquiza, Departamento Colón, provincia de Entre Ríos, el que no podrá variar sin previa autorización judicial;  b) la presentación quincenal  ante la autoridad policial más cercana al domicilio indicado, pudiendo realizarse en la Comisaría de Colonia Hughes, Departamento Colón o Jefatura Departamental de Policía  de Colón, Entre Ríos, librando los oficios pertinentes a ambas dependencias, organismo que deberá proveer de copia de presentaciones al imputado y remitir las obrantes en esa dependencia a esta sede de manera periódica, conforme art. 349 inc. c) del C.P.P.E.R., dejando sin efecto la presentación semanal;  c) la estricta prohibición de mantener cualquier tipo de contacto y por cualquier vía o medio, por sí o por interpósita persona con... conforme inc. g) del art. 349 del C.P.P.E.R.- III.- Establecer el término de la vigencia de las presentes medidas sustitutivas de prisión preventiva en el de sesenta (60) días a computar desde el día de la fecha cuyo vencimiento operará en fecha  18 de Agosto de  de 2018.  IV.-  Labrar nueva acta art. 351 del C.P.P.E.R.- V.- Tener presente lo manifestado por la represente del Ministerio Pupilar respecto de la intervención con la menor víctima. VI.- Librar oficio a la Jefatura Departamental de Policía para hacer saber lo resuelto, garantice el cumplimiento de las medidas impuestas al encartado López y articule la debida notificación a los nombrados en el punto I c).- VII.- Notifíquese. Regístrese.-  Con lo que no siendo para más se da por terminado el acto, labrándose la presente que previa lectura y ratificación es firmada por S.S. y los presentes, reservándose copia en soporte digital en la Oficina Judicial.-( Fdo. y sellado  ) Dra. Silvina G. Cabrera - Juez de Garantías y Transición.
Acta audiencia revisión de medidas artículo 76 del C.P.P.E.R. por vencimiento:

En la ciudad de Rosario del Tala, Provincia de Entre Ríos, a los 19 de junio de 2018 de dos mil dieciocho, siendo la hora diez,  se constituye en la sala de audiencias S.S., Dra. Silvina Graciela Cabrera, Juez de Garantías  de esta jurisdicción, en el marco del  Legajo Nº 801   caratulado "GRILLO, Mirko Jesus S/ SU DENUNCIA (UFI Nº 5.042)", ante quien comparecen la representante del Ministerio Público de la Defensa, Dra. Debora Vanesa Cosatti, y la representante del Ministerio Público Fiscal, Dra. Emilce Reynoso, a los fines de llevar adelante la presente audiencia programada para el día de la fecha atento operar el vencimiento de las medidas inhibitorias previstas en el art. 76 del C.P.P.E.R. respecto de una persona de sexo masculino conocida como "charo" Castagnola (Leandro Esteban), Paul Castagnola y Alexander Badaracco, el pxmo. 20/06/2.018. Abierto el acto por S.S. y explicado el motivo de la presente, otorga el uso de la palabra a la Fiscal Auxiliar quién expresa que le interesa que se prorrogue la medida por treinta días más, dando detalles de la investigación, donde manifiesta que se procederá a la apertura de la causa y se ordenará la citación a prestar declaración como imputados a Leandro Esteban y Paul Castagnola, por el plazo de treinta  días, exponiendo los fundamentos.  A su turno la representante del Ministerio Público de la Defensa manifiesta que no tiene objeciones que formular. Oído lo cual, S.S. Resuelve: I.- Tener presente lo manifestado por la Sra. Fiscal Auxiliar con respecto a la inminente citación a prestar declaración de imputados.   II.- Hacer lugar a lo interesado por el  Ministerio Público Fiscal y conformado por la defensa técnica y en consecuencia, IMPONER a una persona de sexo masculino conocida como "Charo" Castagnola (Leandro Esteban), Paul Castagnola y Alexander Badaracco, quienes se domiciliarían en calle cortada sin nombre, entre Rocamora y 12 de Octubre de esta ciudad,  la estricta prohibición de mantener cualquier tipo de contacto y de acercamiento a una distancia inferior a doscientos metros (200 mts.) de Mirko Jesús Grillo, su grupo familiar y su domicilio sito en calle Río Negro Nº 468 de esta ciudad, como también la prohibición de mantener cualquier tipo de comunicación, ya sea personal, telefónica, postal, por redes sociales y por cualquier medio respecto del pre nombrado y su grupo familiar, domiciliados en calle Río Negro 468 de esta ciudad, por el plazo de treinta días a partir de la fecha y de conformidad a lo dispuesto en los arts. 73 inc. b) y 76 C.P.P. E. R..- III.- Librar oficio a la Jefatura Departamental Tala a los fines de hacer saber lo resuelto, garantizar el efectivo cumplimiento de las medidas impuestas y notificar a las personas  mencionadas la presente resolución. IV.- Rever la necesidad de  mantenimiento de las medidas impuestas en el plazo de treinta (30) días a partir de la presente, operando su vencimiento el próximo  20 de julio de 2018.- V.- Hacer saber a la Sra. Directora de la Oficina Judicial que deberá fijar audiencia de control -Art. 221 del C.P.P.E.R.- al término del plazo precedentemente fijado. VI.- Regístrese y publíquese. Con lo que no siendo para más se da por terminado el acto, labrándose la presente que previa lectura y ratificación es firmada por S.S. y los presentes, reservándose copia en soporte digital en la Oficina Judicial.- ( Fdo. y sellado  ) Dra. Silvina G. Cabrera - Juez de Garantías y Transición.-

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Acta audiencia revisión de medidas artículo 76 del C.P.P.E.R. por vencimiento:
En la ciudad de Rosario del Tala, Provincia de Entre Ríos, a los veintiún días del mes de mayo de dos mil dieciocho, siendo la hora nueve y veinte minutos,  se constituye en la sala de audiencias S.S., Dra. Silvina Graciela Cabrera, Juez de Garantías  de esta jurisidicción, asistida de la Directora de Oficina Judicial, Dra. Carina Magallán, en el marco del Legajo Nº 710 caratulado “DEFENSORA DE POBRES Y MENORES - Su Denuncia (U.F.I.Nº 4.513)", ante quien comparecen  la representante  del Ministerio Público de la Defensa, Dra. Lucila del Vall,  la representante del Ministerio Pupilar, Dra. Debora Vanesa Cosatti y la representante del Ministerio Público Fiscal, Dra. Emilce Paola Reynoso, a los fines de llevar adelante la presente audiencia programada para el día de la fecha atento operar el vencimiento de las medidas inhibitorias previstas en el art. 76 del C.P.P.E.R. respecto de los denunciados Oscar Lazo, Ivan Lazo, Sara Morhlant, Susana Cardozo y Ricardo Alberto Blanco el próximo 24 de junio de 2018. Abierto el acto por S.S. y explicado el motivo de la presente, otorga el uso de la palabra a la Fiscal Auxiliar quien manifiesta que respecto de la Sra. Sara Morhlannt ... respecto de los demás indicados interesa la continuidad, por el plazo de treinta días, exponiendo los fundamentos. A su turno la representante del Ministerio Pupilar hace lectura del informe del Area de Niñez de la Municipalidad de Gobernador Mansilla. Seguidamente se concede el uso de la representante del Ministerio Público de la Defensa quien expresa lo que estima y agrega que respecto de las medidas y su continuidad no plantea objeciones. Solicita que se comunique lo pertinente al Juzgado de Familia, explicando los motivos. Oído lo cual, S.S. Resuelve: I.-Tener presente  todo lo manifestado en esta audiencia por tdas las partes. II.- Hacer lugar a la solicitud interesada por el Ministerio Público Fiscal y conformado por las demás partes, en consecuencia ORDENAR respecto de OSCAR LAZO, IVAN LAZO, SUSANA CARDOZO y RICARDO ALBERTO BLANCO, todos domiciliados en Gobernador Mansilla, la continuidad de la prohibición absoluta y estricta de mantener cualquier tipo de contacto, por sí o por interpósita persona y por cualquier medio o red social, con las menores ...  a lo dispuesto en los arts. 73 inc. b) y 76 C.P.P. E. R..- III.- Hacer lugar a la solicitud interesada por el Ministerio Público Fiscal y conformado por las demás partes, en consecuencia ORDENAR respecto de SARA MORHLANT, domiciliada en Gobernador Mansilla, la continuidad de la prohibición absoluta y estricta de mantener cualquier tipo de contacto, por sí o por interpósita persona y por cualquier medio o red social, con las menores... de conformidad a lo dispuesto en los arts. 73 inc. b) y 76 C.P.P. E. R..-  IV.- Librar oficio a la Comisaría de Gobernador Mansilla a los fines de hacer saber lo resuelto, garantizar el efectivo cumplimiento de las medidas impuestas y notificar a las personas mencionadas en la presente resolución. V.- Establecer la vigencia de las medidas ordenadas en el de treinta (30) días a computar desde el día 24 de junio de 2018 cuyo vencimiento operará el próximo 24 de julio de 2018.- VI.- Comunicar  al Juzgado de Familia y Penal de Niños y Adolescentes de esta jurisdicción y al Area NAF de la Municipaliad de Gobernador Mansilla, a los fines que estimen corresponder. VII.- Regístrese y publíquese.  Con lo que no siendo para más se da por terminado el acto, labrándose la presente que previa lectura y ratificación es firmada por S.S. y los presentes, reservándose copia en soporte digital en la Oficina Judicial.- (Firmado y sellado) Dra. Silvina G. Cabrera-Juez de Garantías y Transición - Es copia fiel de su original. Doy fe.---------------------------------------------------------------------------------




         
                                                                                DRA.  A.  CARINA  MAGALLAN
                                                            Secretaria Interina
                                                                                                 Directora  Oficina  Judicial


             
                       
Acta audiencia revisión de medidas sustitutivas de prisión preventiva-art. 349 del C.P.P.E.R.- por vencimiento:
En la ciudad de Rosario del Tala, Provincia de Entre Ríos, a los veintiún días días del mes de junio de dos mil dieciocho, siendo la hora once y quince minutos,  se constituye en la sala de audiencias S.S., Dra. Silvina Graciela Cabrera, Juez de Garantías de esta jurisidicción, asistida de la Directora de Oficina Judicial, Dra. Carina Magallán, en el marco del Legajo Nº 791 Año 2.018 caratulado "C/ FALCON, Rubén Fernando S/ abuso sexual simple (dos hechos) y abuso sexual simple en grado de tentativa, todo en concurso real (UFI Nº 4991 y acumulado 4981)" ante quien comparecen el detenido Rubén Fernando Falcón, asistido en este acto por la representante del Ministerio Público de la Defensa, Dra. Debora Vanesa Cosatti, la representante del Ministerio Público Fiscal, Dra. Emilce Paola Reynoso y la representante del Ministerio Pupilar, Dra. Lucila del Vall, a los fines de llevar adelante la presente audiencia programada para el día de la fecha por razones de agenda atento operar el vencimiento de las medidas sustitutivas de prisión preventiva que pesa sobre el imputado el próximo 24 de junio de 2018. Abierto el acto por S.S. y explicado el motivo de la presente, otorga el uso de la palabra a la Fiscal Auxiliar quien manifiesta que sería posible aplicar una salida alternativa pero la Fiscalía aún no cuenta con los consentimientos correspodientes, aclara que por ello interesa que las medidas se prorroguen por el plazo de quince días, planteando las morigeraciones que estima. Por su parte la representante del Ministerio Pupilar expresa lo que estima respecto de las víctimas menores de edad, agregando los detalles de su estado actual. Seguidamente se concede el uso de la palabra a la defensa técnica quien expone que su asistido no tiene antecedentes penales, agrega fundamentos y requiere que se disponga la suspensión de juicio a prueba, ofreciendo las reglas para el beneficio. No ofrece reparación económica exponiendo los motivos de ello. Solicita que la suspensión se ordene por el plazo de un año. La Fiscal Auxiliar agrega que resulta necesario recabar el consentimiento de las víctimas y representantes legales, antes de emitir su propio consentimiento. Oído lo cual, S.S. Resuelve:  I.- Tener presente  la solicitud interesado por la defensa técnica del imputado Rubén Fernando Falcon y lo manifestado por las demás partes en la presente audiencia, y, en consecuencia, disponer un cuarto intermedio para resolver hasta el miércoles 4 de julio de 2018 a las 10:30 horas, quedando las partes debidamente notificadas en este acto. II.- Hacer lugar a la solicitud interesada por el Ministerio Público Fiscal y conformada por la defensa técnica del imputado y, en consecuencia, disponer respecto del imputado  Falcón, Rubén Fernando, D.N.I. Nº 26.608.328, de nacionalidad argentina, de 39 años de edad, domiciliado en calle 12 de octubre Nº 78 de esta ciudad, de estado civil soltero, con estudios secundarios incompletos (3º año), de ocupación jornalero, que ha nacido en Moreno, Buenos Aires, en fecha 22/06/1978, hijo de Isabel Rosa Palacios, jubilada, domiciliada en calle 12 de octubre Nº 78 de Rosario del Tala, , y de Miguel Falcón, cuyos demás datos dice desconocer, que ha residido en diferentes barrios de Capital Federal (Caballito, Balbanera Almagro, etc.) y desde hace tres años y medio en Rosario del Tala, quien manifiesta carecer de antecedentes penales anteriores, con domicilio procesal constituído en calle Alte. Brown Nº 24 1º piso de esta ciudad, teléfono no brinda por encontrarse secuestrado en la Unidad Fiscal, la prórroga de las siguientes medidas sustitutivas de prisión preventiva, a saber: a) la fijación de un domicilio el que no podrá variar sin la previa autorización judicial, teniendo por denunciado el sito en calle 12 de Octubre Nº 78 de Rosario del Tala; b) la obligación de presentarse semanal ante la Jefatura Departamental de Policía, organismo que deberá remitir las constancias pertinentes de manera periódica, conforme art. 349 in. c) del C.P.P.E.R., dejando sin efecto la presentación diaria; c) la prohibición de concurir a cualquier evento nocturno, entiéndase de carácter deportivo, de recreación, bailable y/o similares, conforme art. 349 inc. e) del C.P.P.E.R.; d) la prohibición de consumir bebidas alcohólicas, conforme art. 349 inc. f) del C.P.P.E.R..- e) la estricta prohibición de comunicarse y/o mantener cualquier tipo de contacto, por sí o interpósita persona y por cualquier medio o vía y de acercarse a una distancia menor a doscientos metros respecto de... conforme art. 349 inc. g) del C.P.P.E.R., todo ello hasta la celebración de la audiencia fijada para el miércoles 4 de julio de 2018. III.- Labrar el acta pertinente conforme art. 351 del C.P.P.E.R.- IV.- Librar oficio a la Jefatura Departamental de Policía Tala para hacer saber lo resuelto en la presente, para garantizar el efectivo cumplimiento de las medidas impuestas al imputado Falcón y para que curse la debida notificación a los representantes legales de las víctimas menores de edad y víctima, conforme lo enunciado en el punto II e). V.-Librar oficio a la Jefatura Departamental de Policía Tala para cursar citación a las personas enunciadas en el punto II e) para que comparezan ante esta sede a la audiencia fijada.  VI.-Regístrese y publíquese.  Con lo que no siendo para más se da por terminado el acto, labrándose la presente que previa lectura y ratificación es firmada por S.S. y los presentes, reservándose copia en soporte digital en la Oficina Judicial.-  ( Firmado y sellado  ) Dra. Silvina G. Cabrera-Juez de Garantías y Transición - Dra. Andrea Carina Magallán- Secretaria Interina - Directora de Of. Judicial. Es copia fiel de su original. Doy fe


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Acta audiencia:
En la ciudad de Rosario del Tala, Provincia de Entre Ríos, a los veintiún días del mes de junio de dos mil dieciocho, siendo la hora trece y cincuenta minutos,  se constituye en la sala de audiencias del Juzgado de Garantías, S.S., Dra. Silvina Graciela Cabrera, Juez de Garantías de esta jurisidicción, asistida de la Directora de Oficina Judicial, Dra. Carina Magallán, en el marco del Legajo Nº 813 Año 2.018 caratulado "C/ ZAPATA, Jorge Marcelo S/ Desobediencia Judicial (UFI Nº 5119)" ante quien comparecen el imputado Zapata, Jorge Marcelo, asistido en este acto por la representante del Ministerio Público de la Defensa, Dra. Debora Vanesa Cosatti, la representante del Ministerio Público Fiscal, Dra. Emilce Paola Reynoso y la representante del Ministerio pupilar, Dra. Lucila del Vall, a los fines de llevar adelante la presente audiencia a requerimiento de la representante del Ministerio Público Fiscal y para dar tratamiento a la solicitud de aplicación de medidas interesada por ésta último. Se deja constancia que se ha cursado debidamente la notificación a todas las partes  para la comparencia ante esta sede de manera personal. Abierto el acto por S.S. y explicado el motivo de la presente, se procede a identificar por sus datos personales al encartado quien manifiesta llamarse: Zapata, Jorge Marcelo, D.N.I. Nº 20.670.627, de nacionalidad argentina, de 48 años de edad, domiciliado en calle Chaco y Rocamora de Rosario del Tala,  de estado civil soltero, con estudios primarios incompletos (3º grado), que sabe leer y escribir, de ocupación jornalero, que ha nacido en Rosario del Tala, Entre Ríos, en fecha 29/04/169, hijo de Justa Julia Arriondo (f.) y Eliseo Zapata (f.), que ha residido siempre en esta ciudad, quien manifiesta carecer de antecedentes penales anteriores, con domicilio procesal constituído en calle Almte. Brown Nº 24 1º piso de esta ciudad, sin número de teléfono para aportar. Seguidamente otorga el uso de la palabra a la Fiscal Auxiliar  quien hace lectura del hecho que se investiga, brindando detalles que estima, interesando la aplicación de medidas sustitutivas de prisión preventiva, las que detalla, por el plazo de treinta días. Acto seguido se concede el uso de la palabra a la representante del Ministerio Pupilar quien expone detalles respecto de la situación de ... que es de extrema vulnerabilidad, con un trámite de protección de persona, y quien presentaría un grado de discapacidad motriz. Hace saber de la intervención del Hospital Ellerman y de Acción Social de la Municipalidad. Seguidamente concede el uso de la palabra a la defensa técnica quien expresa que su asistido ha prestado asilo a ... porque el Estado no ha dado respuestas correctas. Insta que S.S. consideren los derechos de su asistido, fundando su postura. Agrega lo que estima la Fiscal Auxiliar respecto de lo informado por la autoridad policial. Por su parte la Dra. del Vall hace su agregado. Oído lo cual, S.S. Resuelve: I- Hacer lugar a la solicitud interesada por el Ministerio Público Fiscal y, en consecuencia, I- Hacer lugar a la solicitud interesada por Ministerio Público Fiscal y conformada por el Ministerio Público de la Defensa  y en consecuencia, ordenar respecto del imputado Jorge Marcelo Zapata, cuyos demás datos obran en la presente acta, las siguientes medidas sustitutivas de prisión preventiva: a)  la presentación semanal ante la Jefatura Departamental de Policía, organismo que deberá remirir periódicamente las debidas constancias de presentación a esta sede, librándose el correspondiente oficio para hacer saber;  b) la estricta prohibición de mantener cualquier tipo de contacto y por cualquier vía o medio, ya sea por sí o por interpósita respecto de ... conforme las disposiciones previstas en el art. 349 del C.P.P.E.R. II.- Labrar acta art. 351 del C.P.P.E.R. III.- Establecer el término de la vigencia de las presentes medidas sustitutivas de prisión preventiva en el de treinta (30) a computar desde el dia de la fecha cuyo vencimiento operará en fecha 21 de julio de 2018. IV.- Librar oficio a la Jefatura Departamental de Policía para hacer saber lo resuelto y requerir el traslado inmediato de ... desde el domicilio sito en calle Chaco y Rocamora de esta ciudad hasta el Hospital Dr. Luis A. Ellerman  de esta ciudad, institución a la que se librará el pertinente oficio, para su permanencia en ese nosocomio hasta la recepción de las directivas que emanen del Juzgado de Familia y Penal de Niños y Adolescentes de esta jurisdicción.  V.- Librar oficio al Juzgado de Familia y Penal de Niños y Adolescentes de esta jurisdicción  para hacer saber lo resuelto en la presente, comunicándole el estado de situación actual  de ... a fin de requerir se arbitren de manera urgente e inmediata los recaudos pertinentes para garantizar la efectiva y real protección a la nombrada en el marco del expediente de protección de pesona que tramita ante este organismo, encomendando el diligenciamiento urgente del mismo a la representante del Ministerio Pupilar. VI.- Regístrese. Con lo que no siendo para más se da por terminado el acto, labrándose la presente que previa lectura y ratificación es firmada por S.S. y los presentes, reservándose copia en soporte digital en la Oficina Judicial.- (Firmado y sellado ) Dra. Silvina G. Cabrera-Juez de Garantías y Transición - Es copia fiel de su original. Doy fe.


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Acta audiencia revisión de medidas sustitutivas de prisión preventiva -art. 349 del C.P.P.E.R.-por vencimiento:
En la ciudad de Rosario del Tala, Provincia de Entre Ríos, a los veintidos días  del mes de junio de dos mil dieciocho, siendo la hora nueve y cuarenta minutos, en el marco del Legajo Nº 334 Año 2.014, caratulado "C/ SILVERO, Jorge Horacio S/ LESIONES GRAVES DOLOSAS AGRAVADAS POR EL VÍNCULO (UFI Nº 1.932)", se constituye en la Sala de Audiencias del Juzgado de Garantías, S.S. Dra. Silvina Graciela Cabrera, Juez de Garantías,  asistido de la Directora de Oficina Judicial, Dra. Carina Magallán,  ante quien comparecen el imputado Jorge Horacio Silvero, asistido por su defensor técnico, Dr. Jorge Decideri,  el querellante particular, Dr. Claudio Manfroni Reynoso y la representante del Ministerio Público Fiscal, Dra. Emilce Paola Reynoso - Fiscal Auxiliar, a fin de llevar adelante la presente audiencia atento operar el vencimiento de las medidas sustitutivas de prisión preventiva que pesan sobre el imputado. Abierto el acto y explicados los motivos de la presente audiencia,  concede el uso de la palabra a la representante del Ministerio  Público Fiscal quien manifiesta que interesa se prorrogyen las medidas y la investigación penal en igaules términos por el plazo de treinta días, exponiendo los fundamentos y haciendo saber la postura de la víctima respecto del trámite, quien ha manifestado su interés en que se remita la causa a juicio. Por su parte el querellante particular expone que adhiere a lo interesado por la Fiscal, agregando lo que estima. Acto seguido la defensa técnica expone que no se opone a lo interesado por la Fiscal y querellante Particular, pero manifiesta sus obejciones respecto de la opinión no vinculante de la víctima por considerar que no ha existido violencia de género. Oído lo cual, S.S. Resuelve:  I.-Hacer lugar a la solicitud interesada por el Ministerio Público Fiscal y conformada por la defensa técnica y, en consecuencia conceder prórroga la investigación penal preparatoria por el plazo de treinta (30) días a computar desde el próximo 24 de junio de 2018, cuyo vencimiento operará en fecha 24 de julio de 2018, conforme art. 223 del C.P.P.E.R. II.- Hacer lugar a la solicitud interesada por el Ministerio Público Fiscal y conformada por la defensa técnica y, en consecuencia, mantener la libertad oportunamente dispuesta respecto de Jorge Horacio SILVERO, D.N.I. Nº 32.850.962, sin apodos, de nacionalidad argentina, de estado civil soltero, de 30 años de edad, domiciliado en calle Pedriel Nº 1187 del partido de Malvinas Argentinas, de ocupación empleado, nacido en la ciudad de Jardín América de Misiones en fecha 11/03/1987, con estudios secundarios incompletos, quién a fijado domicilio en Misiones, luego en Buenos Aires en el domicilio denunciado, en Rosario del Tala, en el cuartel, Paraná en el cuartel, y en Buenos Aires, hijo de Ada Celsa Bareiro, ama de casa y de Jorge Rosalio Silvero, pensionado ambos domiciliados en calle Pedriel Nº 1187 Buenos Aires del partido de Malvinas Argentinas, constituyendo domicilio procesal en calle Almte. Brown Nº 68 de esta ciudad, que no ha tenido causas penales anteriores y ordenar la prórroga de las siguientes medidas sustitutivas de prisión preventiva, a saber: a)  tener por constituído domicilio en la vivienda sita en calle Pedriel Nº 1187 del Partido de Malvinas Argentinas, provincia de Buenos Aires, en el cual habitan sus progenitores Ada Celsa Bareiro y de Jorge Rosalio Silvero y su hermano Gustavo Daniel Silvero, debiendo solicitar previa autorización judicial para variarlo; b) la obligación de presentarse semanalmente ante la dependencia policial más cercana a su domicilio (Segunda de Los Polvorines), dejando sin efecto la presentación diaria; c) la estricta prohibición de mantener cualquier tipo de contacto por si o por interpósita persona y por cualquier medio o vía con... conforme art. 349 in. g) y f) del C.P.P.E.R.; d)  la prohibición de salir del país, librándose nuevo oficio a la Dirección Nacional de Migraciones para hacer saber,  conforme art. 349 inc. d) del C.P.P.E.R.. III.- Establecer como término de vigencia de las medidas de coerción precedentemente ordenadas el de treinta (30) días a computar desde el día de la fecha cuyo vencimiento operará en fecha 22 de julio de 2018.- IV.- Librar oficio a Jefatura Departamental de Policía a los fines de hacer saber lo resuelto y requerir la efectiva notificación a las personas enunciadas en el punto II c). V.- Labrar acta conforme art. 351 de C.P.P.E.R. VI.- Regístrese y publíquese. Con lo que no siendo para más se da por terminado el acto, labrándose la presente acta que previa lectura y ratificación es firmada por S.S. y los presentes, reservándose en la Oficina Judicial copia de la audiencia en soporte digital.- (Firmado y sellado) Dra. Silvina G. Cabrera-Juez de Garantías y Transición - Es copia fiel de su original. Doy fe.---------------------------------------------------------------------------------