Una mujer de Lucas González presentó un amparo ambiental para que la justicia provincial ordene la suspensión de las fumigaciones aéreas que realiza un empresario en cercanías de la casa en la que vive con su hija de 6 años.
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Una mujer que vive en la zona rural de Lucas González presentó un amparo ambiental para que la justicia provincial ordene la suspensión de las fumigaciones aéreas que realiza un empresario en cercanías de la casa en la que vive con su hija de 6 años. El escrito recayó en el Juzgado Civil y Comercial Número 2 de Nogoyá, a cargo de María Andrea Cantaberta.
Gabriela vive desde hace treinta años en la zona rural de la pequeña localidad del departamento Nogoyá, antes con una familia más numerosa y ahora con su hija de 6 años con Síndrome de Down, rodeada de explotaciones agrícolas, y expuesta a las constantes fumigaciones aéreas que esparcen de manera incontrolable los agrotóxicos.
Hace unos días, Gabriela se presentó en los tribunales para interponer una acción de amparo pidiendo que se ordene a los propietarios del predio denominado “Estancias San Juan”, o quienes estén explotando el campo, el cese de las fumigaciones aéreas sobre sus respectivos predios rurales “con cualquier clase de agrotóxicos, por contrariar lo establecido por la normativa provincial”.
Pero Gabriela fue más allá en su planteo: exigió que se amplíe la distancia de fumigación terrestre, por el riesgo que implica para la salud de su hija y “por los graves y ya comprobados efectos negativos que la actividad agrobiotecnológica genera en el suelo, el agua superficial y subterránea, el aire y, en consecuencia, en la salud” de las personas que viven en las adyacencias del establecimiento rural; pidió que se efectué, a través de la Dirección de Hidráulica de la provincia, un análisis sobre el agua de lluvia para determinar la presencia de agroquímicos; y que el laboratorio de la Facultad de de Ingeniería Química de la Universidad Nacional del Litoral (UNL), a cargo del investigador Horacio Baldomenico, realice también un análisis “físico-químico y bacteriológico” sobre el agua utilizada para el consumo humano a fin de determinar si contiene “los siguientes tipo de agrotóxicos: órganos clorados, órganos fosforados, carbomatos y piretroides”, tal lo expuesto en el escrito que firman los abogados Aldana Sasia ?del Foro Ecologista Paraná? y Eduardo Luis Larrat, al que accedió Página Judicial.
El Superior Tribunal de Justicia (STJ) ya tiene dicho que el amparo es la vía idónea para reclamar por el derecho a la vida y a un ambiente sano.
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En este caso, el amparo ambiental fue promovido contra el empresario José Emilio Matievich y la firma Grazia Sociedad Anónima, propietarios de la Estancia San Juan, lindera a la vivienda que habitan Gabriela y su hija, y quienes estén en posesión o arrendamiento del campo.
Mattievich es un empresario que tiene una importante extensión de tierras en la provincia de Santa Fe, donde desarrolla principalmente la cría de ganado y tiene diez frigoríficos que exportan carnes argentinas a distintas partes del mundo. En Nogoyá, a través de la empresa Grazia SA, se dedica a la cría de ganado vacuno para la producción de leche y tiene una amplia porción de campos para la agricultura, principalmente el cultivo de soja, entre ellas, la Estancia San Juan. Según los registros públicos, solo la firma Grazia SA tiene una facturación anual estimada de 20 millones de pesos.
La avioneta amarilla
Gabriela radicó la primera denuncia policial el 27 de agosto de 2012. Unos días antes su hija había sido operada del corazón, por un defecto cardíaco. Las denuncias se repitieron el 1 de marzo y el 22 de septiembre de 2014 en la comisaría local. Nunca hubo respuesta.
o_1308237960La escena era la misma en cada caso y se repetía desde el año 2010: una avioneta amarilla sobrevolaba preanunciando el derrame de químicos sobre los sembradíos en los campos linderos “a una escasa distancia de entre 500 a 1.000 metros” de la casa y por la “deriva” que provoca el esparcimiento de los líquidos se produjo “un grave daño a nuestra salud” y “una clara violación a nuestra normativa local”, explicó.
Lo mismo ocurrió el 29 de febrero, el 2 y el 12 de marzo pasado: “Sobrevoló sobre largo tiempo una avioneta de color amarillo, de la cual no se pudo identificar su matrícula por cuestiones de distancia”, describió la mujer. La fumigación, con antes, se realizó “sin contar con la debida notificación con antelación a los vecinos”, con un viento “notable” y sin la presencia de un ingeniero agrónomo en el campo, tal como lo prescribe la ley provincial que regula el uso de plaguicidas.
La mujer volvió a la comisaría, hizo una exposición, pidió que los policías fueran hasta el campo a constatar las distancias en que se realizaba la fumigación y, otra vez, nadie respondió a su reclamo; después les pidió a los efectivos que exigieran la exhibición de la receta agronómica, algo que también prescribe la normativa provincial. “Lo único que se nos acercó desde la fuerza fue, a las horas, una etiqueta del producto que se utilizó, y nos manifestaron que no pasaba nada, que eso no nos hacía mal”, detalló Gabriela.
“El olor era muy fuerte. Como en las sucesivas ocasiones, mi rostro se llenó de ronchas y comencé a sufrir inflamación laríngea, como en todas las demás oportunidades en las que fuimos literalmente fumigados. Junto a mi hija menor, acudimos al centro de salud (?) Esta situación ya no puede y no debe ser soportada por ningún miembro de mi familia, son años de padecimientos y dolencias”, señaló más adelante.
El impacto de las fumigaciones no tardaba en aparecer en el cuerpo: en cuestión de horas la nena de 6 años se llenó de ronchas, le aparecieron ampollas en la boca y hubo que aplicarle corticoides para que pudiera respirar; y la madre se llenó de llagas en la boca y a los pocos días comenzó a sufrir dolores reumáticos y articulares. Ambas tuvieron vómitos, diarrea y pérdida de apetito. La hija de Gabriela tiene Síndrome de Down, y también una nieta de 2 años. Si bien se trata de un trastorno genético, existen investigaciones que lo atribuyen a una consecuencia de la exposición materna a la química del agro.
“Lo que sentí como madre en esos momentos es indescriptible”, aseguró Gabriela en una dramática descripción de lo que padece ante cada fumigación. “Pocas personas saben lo que es tener un niño con Síndrome de Down y verlo expuesto a intervenciones quirúrgicas constantes, a continuados tratamientos y a que deba padecer mayores dolencias como consecuencia de la actividad que desarrolla un tercero, sin respetar la legislación. El dolor que sufrí como madre en esos momentos aún sigue en cada fumigación: ver a mi pequeñita llena de ronchas en su piel, y con dificultades para respirar por el alto contenido alérgico que padece a estos productos es terrible y me provoca un estado de impotencia absoluta. Siento que no puedo soportar una fumigación más”, sentenció.
La ley contra el veneno
La normativa provincial prohíbe la fumigación aérea de “plaguicidas agrícolas dentro del radio de tres kilómetros a partir del perímetro de la planta urbana de los centros poblados dentro del casco urbano” y exige la presencia de un profesional “cuando dichos plaguicidas sean aplicados por medio terrestres” a fin de “extremar las precauciones para no ocasionar daños a terceros”, algo que no ocurrió en este caso.
También está prohibida “la aplicación de plaguicidas agrícolas con pulverizadoras terrestres en aquellos lotes ubicados dentro del casco urbano”. La casa que habita Gabriela está ubicada en el límite del casco urbano de la localidad de Lucas González.
Además, de la denuncia efectuada en septiembre de 2014, “claramente la ilegalidad manifiesta provenía de la propia receta agronómica”, ya que no se cumplen con ninguno de los recaudos de la normativa legal: no se detalla el nombre y apellido del comprador, tampoco el domicilio ni localización del predio (solo dice “Lucas González, como si esto fuera una correcta ubicación de un predio a fumigar”); no especifica para qué cultivo se indica “la prescripción de venenos que detalla”, ni la superficie; no se consigna la velocidad del viento para la fumigación, ni la temperatura ni la fecha en que se realizará. Tampoco se notificó a los vecinos. “Además del obrar ilegítimo (?) es fundamental y doloroso resaltar que uno de los químicos con los cuales se fumigó en el año 2014 (?) está prohibido en nuestra provincia”, dice el escrito presentado en los tribunales de Nogoyá.
Con estos argumentos, y con la esperanza de ser escuchada, Gabriela presentó el amparo ambiental para tratar de impedir las fumigaciones sobre su casa.Fuente | Página Judicial.Por diaUnonoticias
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Una mujer que vive en la zona rural de Lucas González presentó un amparo ambiental para que la justicia provincial ordene la suspensión de las fumigaciones aéreas que realiza un empresario en cercanías de la casa en la que vive con su hija de 6 años. El escrito recayó en el Juzgado Civil y Comercial Número 2 de Nogoyá, a cargo de María Andrea Cantaberta.
Gabriela vive desde hace treinta años en la zona rural de la pequeña localidad del departamento Nogoyá, antes con una familia más numerosa y ahora con su hija de 6 años con Síndrome de Down, rodeada de explotaciones agrícolas, y expuesta a las constantes fumigaciones aéreas que esparcen de manera incontrolable los agrotóxicos.
Hace unos días, Gabriela se presentó en los tribunales para interponer una acción de amparo pidiendo que se ordene a los propietarios del predio denominado “Estancias San Juan”, o quienes estén explotando el campo, el cese de las fumigaciones aéreas sobre sus respectivos predios rurales “con cualquier clase de agrotóxicos, por contrariar lo establecido por la normativa provincial”.
Pero Gabriela fue más allá en su planteo: exigió que se amplíe la distancia de fumigación terrestre, por el riesgo que implica para la salud de su hija y “por los graves y ya comprobados efectos negativos que la actividad agrobiotecnológica genera en el suelo, el agua superficial y subterránea, el aire y, en consecuencia, en la salud” de las personas que viven en las adyacencias del establecimiento rural; pidió que se efectué, a través de la Dirección de Hidráulica de la provincia, un análisis sobre el agua de lluvia para determinar la presencia de agroquímicos; y que el laboratorio de la Facultad de de Ingeniería Química de la Universidad Nacional del Litoral (UNL), a cargo del investigador Horacio Baldomenico, realice también un análisis “físico-químico y bacteriológico” sobre el agua utilizada para el consumo humano a fin de determinar si contiene “los siguientes tipo de agrotóxicos: órganos clorados, órganos fosforados, carbomatos y piretroides”, tal lo expuesto en el escrito que firman los abogados Aldana Sasia ?del Foro Ecologista Paraná? y Eduardo Luis Larrat, al que accedió Página Judicial.
El Superior Tribunal de Justicia (STJ) ya tiene dicho que el amparo es la vía idónea para reclamar por el derecho a la vida y a un ambiente sano.
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En este caso, el amparo ambiental fue promovido contra el empresario José Emilio Matievich y la firma Grazia Sociedad Anónima, propietarios de la Estancia San Juan, lindera a la vivienda que habitan Gabriela y su hija, y quienes estén en posesión o arrendamiento del campo.
Mattievich es un empresario que tiene una importante extensión de tierras en la provincia de Santa Fe, donde desarrolla principalmente la cría de ganado y tiene diez frigoríficos que exportan carnes argentinas a distintas partes del mundo. En Nogoyá, a través de la empresa Grazia SA, se dedica a la cría de ganado vacuno para la producción de leche y tiene una amplia porción de campos para la agricultura, principalmente el cultivo de soja, entre ellas, la Estancia San Juan. Según los registros públicos, solo la firma Grazia SA tiene una facturación anual estimada de 20 millones de pesos.
La avioneta amarilla
Gabriela radicó la primera denuncia policial el 27 de agosto de 2012. Unos días antes su hija había sido operada del corazón, por un defecto cardíaco. Las denuncias se repitieron el 1 de marzo y el 22 de septiembre de 2014 en la comisaría local. Nunca hubo respuesta.
o_1308237960La escena era la misma en cada caso y se repetía desde el año 2010: una avioneta amarilla sobrevolaba preanunciando el derrame de químicos sobre los sembradíos en los campos linderos “a una escasa distancia de entre 500 a 1.000 metros” de la casa y por la “deriva” que provoca el esparcimiento de los líquidos se produjo “un grave daño a nuestra salud” y “una clara violación a nuestra normativa local”, explicó.
Lo mismo ocurrió el 29 de febrero, el 2 y el 12 de marzo pasado: “Sobrevoló sobre largo tiempo una avioneta de color amarillo, de la cual no se pudo identificar su matrícula por cuestiones de distancia”, describió la mujer. La fumigación, con antes, se realizó “sin contar con la debida notificación con antelación a los vecinos”, con un viento “notable” y sin la presencia de un ingeniero agrónomo en el campo, tal como lo prescribe la ley provincial que regula el uso de plaguicidas.
La mujer volvió a la comisaría, hizo una exposición, pidió que los policías fueran hasta el campo a constatar las distancias en que se realizaba la fumigación y, otra vez, nadie respondió a su reclamo; después les pidió a los efectivos que exigieran la exhibición de la receta agronómica, algo que también prescribe la normativa provincial. “Lo único que se nos acercó desde la fuerza fue, a las horas, una etiqueta del producto que se utilizó, y nos manifestaron que no pasaba nada, que eso no nos hacía mal”, detalló Gabriela.
“El olor era muy fuerte. Como en las sucesivas ocasiones, mi rostro se llenó de ronchas y comencé a sufrir inflamación laríngea, como en todas las demás oportunidades en las que fuimos literalmente fumigados. Junto a mi hija menor, acudimos al centro de salud (?) Esta situación ya no puede y no debe ser soportada por ningún miembro de mi familia, son años de padecimientos y dolencias”, señaló más adelante.
El impacto de las fumigaciones no tardaba en aparecer en el cuerpo: en cuestión de horas la nena de 6 años se llenó de ronchas, le aparecieron ampollas en la boca y hubo que aplicarle corticoides para que pudiera respirar; y la madre se llenó de llagas en la boca y a los pocos días comenzó a sufrir dolores reumáticos y articulares. Ambas tuvieron vómitos, diarrea y pérdida de apetito. La hija de Gabriela tiene Síndrome de Down, y también una nieta de 2 años. Si bien se trata de un trastorno genético, existen investigaciones que lo atribuyen a una consecuencia de la exposición materna a la química del agro.
“Lo que sentí como madre en esos momentos es indescriptible”, aseguró Gabriela en una dramática descripción de lo que padece ante cada fumigación. “Pocas personas saben lo que es tener un niño con Síndrome de Down y verlo expuesto a intervenciones quirúrgicas constantes, a continuados tratamientos y a que deba padecer mayores dolencias como consecuencia de la actividad que desarrolla un tercero, sin respetar la legislación. El dolor que sufrí como madre en esos momentos aún sigue en cada fumigación: ver a mi pequeñita llena de ronchas en su piel, y con dificultades para respirar por el alto contenido alérgico que padece a estos productos es terrible y me provoca un estado de impotencia absoluta. Siento que no puedo soportar una fumigación más”, sentenció.
La ley contra el veneno
La normativa provincial prohíbe la fumigación aérea de “plaguicidas agrícolas dentro del radio de tres kilómetros a partir del perímetro de la planta urbana de los centros poblados dentro del casco urbano” y exige la presencia de un profesional “cuando dichos plaguicidas sean aplicados por medio terrestres” a fin de “extremar las precauciones para no ocasionar daños a terceros”, algo que no ocurrió en este caso.
También está prohibida “la aplicación de plaguicidas agrícolas con pulverizadoras terrestres en aquellos lotes ubicados dentro del casco urbano”. La casa que habita Gabriela está ubicada en el límite del casco urbano de la localidad de Lucas González.
Además, de la denuncia efectuada en septiembre de 2014, “claramente la ilegalidad manifiesta provenía de la propia receta agronómica”, ya que no se cumplen con ninguno de los recaudos de la normativa legal: no se detalla el nombre y apellido del comprador, tampoco el domicilio ni localización del predio (solo dice “Lucas González, como si esto fuera una correcta ubicación de un predio a fumigar”); no especifica para qué cultivo se indica “la prescripción de venenos que detalla”, ni la superficie; no se consigna la velocidad del viento para la fumigación, ni la temperatura ni la fecha en que se realizará. Tampoco se notificó a los vecinos. “Además del obrar ilegítimo (?) es fundamental y doloroso resaltar que uno de los químicos con los cuales se fumigó en el año 2014 (?) está prohibido en nuestra provincia”, dice el escrito presentado en los tribunales de Nogoyá.
Con estos argumentos, y con la esperanza de ser escuchada, Gabriela presentó el amparo ambiental para tratar de impedir las fumigaciones sobre su casa.Fuente | Página Judicial.Por diaUnonoticias
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