A partir de una investigación de la Policía de La Paz, se logró desbaratar una organización que vendía droga en esa localidad y en Santa Elena, lográndose así la detención de una decena de sospechosos, además del secuestro de drogas, cocaína y marihuana.
Todo parecía estar bien y que se había logrado el desbaratamiento de una banda, pero al parecer, los efectivos policiales a cargo de esos operativos, no respetaron los reglamentos, razón por la cual los jueces federales Roberto López Arango, Lilia Carnero y Noemí Berros, le dieron la razón a la defensora oficial y atacaron los procedimientos sobre los que se erigió toda la investigación, haciendo hincapié en el respeto por las garantías constitucionales.
En esa oportunidad, los allanamientos debieron empezar a las 8 del 16 de noviembre de 2016, pero los uniformados irrumpieron en las viviendas minutos antes de la medianoche e incluso ya comenzado el día siguiente.
En el fallo que absolvió a todos los acusados, el Tribunal Oral Federal de Paraná sostuvo que se debe evitar que “la tolerancia de algunas prácticas prevencionales conlleve a relativizar la efectiva vigencia de las garantías constitucionales” como, en el caso, la inviolabilidad del domicilio.
Recordando el caso
En la investigación se constató que cuatro personas tenían a su cargo la organización y el comando del grupo, instruyendo a otros seis integrantes respecto de sus tareas a cumplir en el desarrollo de la empresa delictiva; así como también adquirían los tóxicos de variados orígenes, y a su vez eran proveedores de los restantes integrantes de las bandas en La Paz y Santa Elena. Incluso almacenaban, guardaban, fraccionaban y vendían en sus respectivos domicilios y a modo “delivery”.
De este modo, el Juzgado Federal de Paraná autorizó 16 allanamientos de los domicilios de los sospechados, que resultaron positivos: cocaína, marihuana, plantas de cannabis sativa, celulares, balanzas, armas, elementos de corte, entre otras evidencias demostrativas de la venta de drogas fueron secuestrados.
En el juicio desarrollado en junio en el Tribunal Oral Federal de Paraná (integrado por los jueces Roberto López Arango, Lilia Carnero y Noemí Berros), la Fiscalía acusó a nueve de los imputados por el delito de comercio de estupefacientes.
En tanto, la defensora pública oficial, Noelia Quiroga, solicitó la nulidad de los registros domiciliarios de las viviendas y de todos los actos que son consecuencia necesaria del mismo por haberse realizado en horario nocturno y no estar habilitados para ello, por no estar justificado el horario nocturno en que se llevaron adelante las invasiones domiciliarias. Los otros defensores adhirieron a dicho planteo.Fuente 03442
Todo parecía estar bien y que se había logrado el desbaratamiento de una banda, pero al parecer, los efectivos policiales a cargo de esos operativos, no respetaron los reglamentos, razón por la cual los jueces federales Roberto López Arango, Lilia Carnero y Noemí Berros, le dieron la razón a la defensora oficial y atacaron los procedimientos sobre los que se erigió toda la investigación, haciendo hincapié en el respeto por las garantías constitucionales.
En esa oportunidad, los allanamientos debieron empezar a las 8 del 16 de noviembre de 2016, pero los uniformados irrumpieron en las viviendas minutos antes de la medianoche e incluso ya comenzado el día siguiente.
En el fallo que absolvió a todos los acusados, el Tribunal Oral Federal de Paraná sostuvo que se debe evitar que “la tolerancia de algunas prácticas prevencionales conlleve a relativizar la efectiva vigencia de las garantías constitucionales” como, en el caso, la inviolabilidad del domicilio.
Recordando el caso
En la investigación se constató que cuatro personas tenían a su cargo la organización y el comando del grupo, instruyendo a otros seis integrantes respecto de sus tareas a cumplir en el desarrollo de la empresa delictiva; así como también adquirían los tóxicos de variados orígenes, y a su vez eran proveedores de los restantes integrantes de las bandas en La Paz y Santa Elena. Incluso almacenaban, guardaban, fraccionaban y vendían en sus respectivos domicilios y a modo “delivery”.
De este modo, el Juzgado Federal de Paraná autorizó 16 allanamientos de los domicilios de los sospechados, que resultaron positivos: cocaína, marihuana, plantas de cannabis sativa, celulares, balanzas, armas, elementos de corte, entre otras evidencias demostrativas de la venta de drogas fueron secuestrados.
En el juicio desarrollado en junio en el Tribunal Oral Federal de Paraná (integrado por los jueces Roberto López Arango, Lilia Carnero y Noemí Berros), la Fiscalía acusó a nueve de los imputados por el delito de comercio de estupefacientes.
En tanto, la defensora pública oficial, Noelia Quiroga, solicitó la nulidad de los registros domiciliarios de las viviendas y de todos los actos que son consecuencia necesaria del mismo por haberse realizado en horario nocturno y no estar habilitados para ello, por no estar justificado el horario nocturno en que se llevaron adelante las invasiones domiciliarias. Los otros defensores adhirieron a dicho planteo.Fuente 03442
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